Contralor critica ante el TC que se intente crear un "gobierno de los jueces"
Tribunal Constitucional acogió solicitud de Jorge Bermúdez en contienda de competencia contra el 29° Juzgado Civil de Santiago. Según el fallo, entidad fiscalizadora es la competente para decidir régimen de pensiones en la DGAC y no tribunales de justicia. En marzo, el Senado resolverá otra contienda de competencia entre Contraloría y la Corte Suprema, por el mismo tema.
"Como contralor tengo suficiente trabajo como para estar preocupándome sólo de esto, pero me parece suficientemente importante (...), aquí de lo que se está tratando es de la sustitución de los poderes públicos a través de un pretendido gobierno de los jueces". Esa fue una de las frases con las que el contralor Jorge Bermúdez defendió este miércoles, ante la Segunda Sala del Tribunal Constitucional, su posición, en una contienda de competencia, donde finalmente se determinó por unanimidad que la institución contralora, y no el 29° Juzgado Civil de Santiago, es el órgano competente para decidir dónde cotizarán 859 funcionarios de la Dirección de Aeronáutica Civil (DGAC).
Esto, luego de que los trabajadores, que hoy se mantienen en el sistema de las AFP, pidieran ante el tribunal civil pasar a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), que es el régimen de los miembros de las Fuerzas Armadas.
En su exposición, Bermúdez también apuntó al alto gasto fiscal que conllevaría hacer el traslado de sistema previsional de estos funcionarios a Capredena: "Hay que tener en cuenta los efectos económicos; hoy, Capredena requiere del presupuesto nacional $ 1 billón, es decir, un millón de millones todos los años, aportados por todos los chilenos en impuestos, para poder solventar las pensiones de quienes están en dicho sistema. Someter a los funcionarios a este régimen provisional representa en 30 años $ 300 mil millones".
El contralor, además, cuestionó el argumento de los demandantes, quienes señalan que existe un vacío legal en relación a su sistema previsional. "Hace más de 30 años que ese vacío legal (del que hablan los demandantes de la DGAC) no existe, desde fines de 1985, con la dictación de la Ley 18.458 se resolvieron todas las dudas que existían en el sector Defensa en materia previsional. A partir de ahí, una jurisprudencia constante, uniforme y vigente ha señalado expresa y reiteradamente cuál es el régimen previsional que rige en ese sector". Y que según Bermúdez es el de las AFP.
Por contrapartida, el abogado de los funcionarios de la DGAC, Héctor Rodríguez, expuso ante el TC que a los trabajadores civiles les corresponde regirse por el sistema de pensiones de las Fuerzas Armadas.
Ahora, el Senado
Aparte de este caso, existe otra contienda de competencia entre Contraloría y la Corte Suprema, que será definida en marzo por el Senado. La Cámara Alta deberá resolver si es el máximo tribunal de país o el órgano contralor la institución que debe decidir dónde cotizarán otros 1.331 trabajadores de la DGAC.
Al respecto, el senador Pedro Araya (ind.) dijo que "el Tribunal Constitucional en ningún caso es vinculante en el Senado y, en esa línea, el Senado se va a tomar el tiempo necesario para resolver la contienda de competencia; podrá fallar en el mismo sentido que el Tribunal Constitucional o en un sentido distinto".
Agregó que "como órgano constitucional independiente, el Senado no está obligado a seguir el criterio del Tribunal Constitucional".
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