Corte Suprema ordena a Planvital frenar plan de cierre de sucursales

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El tribunal rechazó un recurso de protección interpuesto por la AFP encontra de la instrucción de la Superintendencia de Pensiones de suspender el cierre de sucursales y centros de servicio.




La Tercera Sala de la Corte Suprema resolvió por unanimidad ratificar la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 17 de mayo de 2017, que rechazó un recurso de protección interpuesto por AFP Planvital en contra de la instrucción de la Superintendencia de Pensiones de frenar el plan de reestructuración que involucraba el cierre de 15 sucursales y tres centros de servicios.

"Estos fallos confirman que la Superintendencia de Pensiones siempre ha actuado apegada a lo que tanto la ley como las normas la obligan en su desempeño como organismo fiscalizador, que no es otro que la protección de los afiliados del sistema previsional chileno", dijo la Superintendencia.

"En este caso, se constata que este servicio cuenta con atribuciones para supervisar la calidad de servicio que las administradoras deben proporcionar a las personas que están sirviendo", añadió.

Según cálculos de la Superintendencia de Pensiones el plan involucraba un reducción del 44% de las agencias y centros de servicios que tiene la administradora, pasando de tener 41 puntos de atención presencial a 22 sucursales y 1 centro de servicio.

La administradora, controlada por el grupo asegurador italiano Generali, se ha adjudicado las últimas dos licitaciones de cartera de nuevos afiliados.

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