DT y Banco de Chile llegan al TC por servicios mínimos

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La entidad bancaria presentó un recurso para aclarar la competencia de la Justicia en estas resoluciones.




Hasta las dependencias del Tribunal Constitucional (TC) llegaron ayer representantes de la administración del Banco de Chile y de la Dirección del Trabajo (DT), para presentar sus alegatos en el marco de la tramitación del requerimiento de inaplicabilidad que presentara la entidad bancaria respecto de la resolución de servicios mínimos emitida por la DT, la cual autorizó el funcionamiento del 9% de la dotación de la firma en caso de huelga.

El primero en exponer fue Raúl Tavolari, abogado representante de Banco de Chile, quien recalcó que lo que busca el requerimiento es aclarar la competencia de la Justicia en las resoluciones de servicios mínimos realizadas por la DT, ya que el artículo 360 del Código del Trabajo establece que dichas resoluciones sólo pueden ser apeladas ante la DT.

"Simplemente se le dijo al banco que los tribunales eran incompetentes, se le cerraron las puertas (...) el requerimiento persigue que vuestras excelencias determinen si es inconstitucional la aplicación de una norma con una regla que afirma que los tribunales no tienen competencia", dijo Tavolari ante la Segunda Sala del TC.

La DT, en tanto, fue representada por el abogado Julio Pallavicini, quien señaló que "lo que ocurre es que el artículo 360 dice, en caso de que las partes no hayan alcanzado un acuerdo respecto de los servicios mínimos y de los equipos de emergencia, que resolverá la DT regional y ante esa resolución sólo procede el reclamo ante la Dirección Nacional del Trabajo".

En esa línea, el representante de la DT agregó que dicha norma por parte de Banco de Chile "fue ejercida y fue agotada, por lo tanto, no puede posteriormente ser declarada inaplicable".

Tras salir de la audiencia, respecto a la cual el TC emitirá un pronunciamiento los próximos días, el director del Trabajo, Christian Melis, señaló que "este es un tema estrictamente procesal, no tiene que ver con el fondo, no se revisa lo que tiene que ver con lo obrado por la DT, por lo tanto tiene que ver por lo hecho por los Tribunales de Justicia".

El caso es seguido de cerca por la industria, que considera el fallo como un precedente relevante en la materia.

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