Endesa reingresa Estudio de Impacto Ambiental de central Bocamina II
A comienzos de esta semana la Corte de Apelaciones de Concepción suspendió las operaciones de la central termoeléctrica, mientras resuelve respecto de un recurso de protección interpuesto por pescadores artesanales y pobladores de Coronel.
La generadora Endesa reingresó este miércoles el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Ampliación Central Bocamina (Segunda Unidad)", el cual corresponde a una central termoeléctrica de 350 megawatts de potencia y una inversión de US$184 millones, aledaña a la Primera Unidad de la actual Central Termoeléctrica (CT) Bocamina, en el sector Lo Rojas, comuna de Coronel.
"Dicho proyecto fue sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el 28 de julio de 2006, a través de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), siendo calificado favorablemente por la Comisión Regional del Medio Ambiente (Corema) de la Región del Biobío, a través de la Resolución Exenta N° 206/07, de 2 de agosto de 2007 (en adelante RCA)", señaló Endesa en su solicitud.
Producto de estudios de ingeniería realizados a partir del año 2008 y de un análisis del rendimiento de las máquinas, el titular optimizó el diseño de la Segunda Unidad, lo que permite mejorar su funcionamiento en términos ambientales y de seguridad (tanto para el suministro energético como para sus instalaciones), sin modificar las características esenciales del proyecto aprobado, lo que, a la vez, permite un aumento de potencia en 20 MW, agrega.
Atendiendo a lo anterior, Endesa Chile presenta al SEIA el EIA del proyecto "Optimización Central Termoeléctrica Bocamina, Segunda Unidad". Este EIA considera sólo la evaluación de los efectos, características o circunstancias derivadas de la optimización de la Segunda Unidad de la CT Bocamina, respecto de aquellos ya evaluados en el EIA del proyecto aprobado, sin modificar el objetivo principal, que corresponde a la construcción y operación de una central de generación eléctrica a carbón, precisó la generadora.
Asimismo, y considerando lo establecido en el artículo 11 ter de la Ley 19.300, modificada por la Ley 20.417, la evaluación ambiental del proyecto optimizado recae sobre aquellas modificaciones respecto de lo evaluado y exigido en la Res. Ex. N° 206/2007, y no sobre el proyecto o actividad existente. Sin perjuicio de ello, la presente evaluación ambiental considera la suma de los impactos provocados por la modificación y el proyecto ya aprobado (proyecto existente), añade Endesa.
A comienzos de esta semana la Corte de Apelaciones de Concepción suspendió las operaciones de la central termoeléctrica, mientras resuelve respecto de un recurso de protección interpuesto por pescadores artesanales y pobladores de Coronel, los que aseguran que la operación no cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
Según los demandantes, cuando el proyecto ingresó a tramitación ambiental, lo hizo a través de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), y no vía Estudio de Impacto Ambiental (EIA), formato que se usa si las iniciativas tienen efectos en las comunidades donde se emplazan.
El hecho se suma a la formalización realizada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) contra el proyecto de optimización de la operación, tras detectar incumplimientos a su RCA.
Ante ello Endesa señaló que estudiará las vías judiciales para dejar sin efecto la orden de no innovar. y aseguró, además, que la iniciativa tiene RCA aprobada en 2007, que le permite operar a 350 MW.
A inicios de este mes Endesa ingresó el EIA de la optimización, pero lo retiró a los pocos días.
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