Fiscal regional Centro Norte: "La Ley Penal Adolescente no se hace cargo de los jóvenes altamente reincidentes"

Andrés Montes señaló que se les aplican múltiples penas sin que tengan efecto en la reinserción y propone cambios para aplicar la internación provisoria a reincidentes.




El fiscal regional Centro Norte, Andrés Montes, tiene su cargo complejas investigaciones como el caso La Polar, la colusión de las farmacias, los falsos exonerados y el caso cascadas. "Nosotros concentramos el 13% de las causas a nivel nacional y el 32% del total en la Región Metropolitana", reflexiona. Para el hijo del diputado socialista Carlos Montes, quien asumió su cargo en agosto de 2010, es fundamental que se fortalezca la carrera funcionaria dentro del Ministerio Público y que se designen más fiscales. "Aquí se cometieron errores al momento de proyectar la carga de trabajo. En los últimos dos años ha aumentado el número de jueces, de defensores y se ha mantenido el número de fiscales", indica. Esta semana el Cuarto Tribunal Oral de Santiago absolvió al ejecutivo del Banco Central Enrique Orellana y descartó las pruebas que presentó la Fiscalía Centro Norte para acreditar que abusó y violó a sus hijas. Montes, en entrevista con La Tercera, se refirió a los cambios que se deben realizar a la Ley Penal Adolescente y los efectos de la decisión en el caso contra Orellana.

¿Qué leyes deben ser revisadas?

Es urgente revisar la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente. Hoy, gran parte de los ilícitos los comenten los menores de edad. Tenemos situaciones muy complejas, donde hay menores condenados en 30 o 40 ocasiones y pueden seguir cometiendo el mismo delito. Por ejemplo, el robo de un cajero automático. Un menor que comete ese ilícito, si es detenido va a tener el carácter de frustrado y la sanción que le pueden poner siempre será baja, nunca será privativa de libertad y se le pueden imponer múltiples veces sanciones sin que ninguna tenga un costo concreto.

O sea, se comenten múltiples delitos en paralelo.

Así es. El juez hoy día no tiene la posibilidad de considerar todas esas sanciones y unificarlas, ni de revisar que la sanción vaya a permitir la reinserción de este joven. La Ley Penal Adolescente no se hace cargo de los jóvenes altamente reincidentes.

¿Cuál es la solución?

Hoy, esta ley impide que pueda haber una internación provisoria o privación de libertad durante la investigación respecto de menores en los casos sin pena de crimen. Tal vez se podría corregir para aquellos que son altamente reincidentes y abrir la posibilidad de algún otro tipo de medida cautelar.

¿Cómo la internación provisoria?

Por ejemplo. Para jóvenes que son altamente reincidentes. Pero hoy día la ley impide que se pueda decretar internación provisoria y esto ocurre respecto de delitos como robos en lugar no habitado y por sorpresa. Si un joven que se roba un cajero automático es sorprendido, luego la sanción es hacer un trabajo comunitario y esto se va repitiendo en el tiempo, probablemente el mensaje del Estado no es muy claro y este sistema de persecución penal tiene que ser lo más claro posible.

Caso Banco Central

¿Cómo tomaron la absolución de Enrique Orellana?

La fiscalía presentó la acusación con convicción y creyéndoles plenamente a las víctimas. La prueba que se ha presentado y que fue recopilada también avala lo señalado. Eso fue lo que nos llevó a ser tan perseverantes de hacer tres juicios para tratar de acreditar estos hechos. Nos sorprende la decisión del tribunal y nos preocupa la situación de las víctimas.

¿Habrá apoyo para ellas tras este fallo?

La unidad de víctimas y testigos está dando un apoyo para los efectos de comunicar esta decisión (sentencia) y hacer un seguimiento inicial respecto de este proceso.

¿Qué señal da para otros casos de este tipo que se están indagando el hecho de que se descartó la pericia del SML?

En general, esos casos tienen que ver con abuso sexual. En este proceso hablamos de violación, por lo tanto, la prueba científica era más importante para acreditar el hecho.

¿La fiscalía no debería haber pedido que se explicitara mejor la prueba?

Los resultados de la pericia eran claros en orden a que había algún tipo de agresión sexual a las menores y eso era sustentado a través de las fotografías que formaban parte del examen.

¿Cree que es perjudicial que los menores declaren en muchas ocasiones?

Nos parece que la participación y la declaración, principalmente en juicio oral, es altamente victimizante, especialmente cuando no hay medidas de protección. La obligación de todos los funcionarios públicos es promover el interés superior de los menores. Y en estos casos, colisiona por una parte ese interés con el derecho a tener un juicio oral por parte del imputado y el principio de presunción de inocencia.

¿Qué prevalece, el interés superior del niño o que este se exponga para acreditar el delito?

La fiscalía tiene dentro de sus funciones ejercer la acción penal, dirigir la investigación y proteger a las víctimas y testigos. Esas tres están al mismo nivel, razón por la cual hay que optar por la que sea menos dañina en cada caso. Ha tocado el caso en donde nos ha correspondido determinar que no se presenta el menor porque no están dadas las condiciones (de protección) y eso ha tenido costos desde el punto de vista de la persecución penal. Sin embargo, no es razonable que menores de edad declaren en tres juicios (aunque tengan) todas las medidas de protección y debe buscarse una alternativa.

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