Las claves de las causas de Baltasar Garzón en la justicia española
El Tribunal Supremo mantiene dos juicios abiertos contra el magistrado. En un tercero, el de las escuchas, ya fue sentenciado.
El juez español, Baltasar Garzón, fue condenado hoy a 11 años de inhabilitación por ordenar escuchas ilegales entre presos y sus abogados durante una investigación de presuntos actos corruptos en la administración pública. Sin embargo la justicia mantiene otras dos causas abiertas en contra del magistrado.
CRÍMENES DEL FRANQUISMO
El 26 de mayo de 2009, la Sala Penal del Tribunal Supremo decidió por unanimidad, abrir un proceso contra Garzón por el delito de prevaricación (dictar concientemente una resolución injusta) durante la instrucción de la causa que él había abierto por las desapariciones ocurridas durante el régimen franquista.
De acuerdo al diario español El Mundo, la acusación consiste en que el juez inició y prolongó diligencias sobre desapariciones en el franquismo, atribuyendo a personas fallecidas delitos que ya habían recibido la amnistía, estaban prescritos o no eran de la competencia de la Audiencia Nacional.
La querella fue presentada por el sindicato Manos Limpias, dirigido por Miguel Bernad Remón, uno de los responsables del partido ultraderechista Fuerza Nueva.
Entre los indicios de la causa, de acuerdo al diario español, el Tribunal Supremo manifestó que tras una primera etapa de alrededor de un año en la que Garzón sólo proveyó las denuncias que iba recibiendo, el 1 de febrero de 2008 la Fiscalía de la Audiencia Nacional, de la que era juez, emitió un informe en el que advertía que este tribunal no era el adecuado para investigar las desapariciones forzadas, que el delito de lesa humanidad incluido en las denuncias no estaba en vigor cuando se produjeron los hechos denunciados y que en esa situación la Ley de Amnistía de 1977 era aplicable. A pesar de esto, Garzón ordenó la práctica de distintas diligencias sin establecer si era competente o no para realizar ese acto.
En una resolución judicial del 16 de octubre de 2008, el juez español ordenó pedir certificados de defunción de 35 personas bajo el pretexto de " declarar la extinción de responsabilidad penal por fallecimiento". Pero, paralelamente, acordó formar un grupo de expertos y de Policía Judicial y autorizó exhumaciones. En menos de un mes, el 18 de noviembre, Garzón cerró los trámites declarando extinguida la responsabilidad de varias personas por haber fallecido.
"La investigación se centró en delitos para los que el juzgado reconoce carecer de competencia material", según señaló el Tribunal Supremo. Además, "declara extinguidas unas responsabilidades penales por razón de fallecimientos, sucedidos notoriamente decenios antes de la incoación, de 45 personas, sobre cuyas acciones no se ha practicado actividad de investigación alguna", agregó la justicia.
El 12 de mayo, el magistrado del Tribunal Supremo, Luciano Varela, ordenó la apertura de un juicio oral contra Garzón por un presunto delito de prevaricación intencionada. Esta orden se produjo un día después de que Garzón solicitara al Consejo General del Poder Judicial español (CGPJ) el traslado a la Corte Penal Internacional (CPI) para ocupar un puesto de asesor del fiscal jefe durante siete meses.
Una vez dictada la apertura de juicio oral, el CGPJ convocó a un pleno extraordinario el viernes 14 de mayo en el que decidió la suspensión cautelar de Garzón de la Audiencia Nacional.Un año después, el 13 de junio, Garzón logró cambiar la Sala que le juzgará en la causa sobre el franquismo después de que el Supremo aceptara apartar a cinco magistrados del proceso.
PAGOS POR CURSOS EN NUEVA YORK
El 28 de enero de 2010, el Tribunal Supremo abrió nuevamente una causa para investigar al juez por presuntos delitos de prevaricación y cohecho por el dinero que solicitó personalmente y recibió de bancos y empresas españolas para financiar actividades que desarrolló durante su estancia en una universidad de EEUU entre 2005 y 2006.
Tras su reincorporación a la Audiencia Nacional, Garzón recibió una querella dirigida contra el presidente del entonces banco BSCH, Emilio Botín, y otros directivos de la entidad que unos meses antes habían entregado un aporte de 302.000 dólares para organizar dos reuniones organizadas por el juez. Sin abstenerse por los lazós que lo unian a la entidad, Garzón inadmitió esa querella.
De acuerdo con la denuncia, Garzón habría recibido además, abonos para su viaje por 22.650 dólares y para pagar la matrícula de su hija en la Escuela Internacional de Naciones Unidas por un valor total de 21.650 dólares.
CASO GüRTEL
El 24 de febrero de 2010, la Sala Penal del Tribunal Supremo, por unanimidad abrió la tercera causa contra Garzón por presuntos delitos de prevaricación e interceptación ilegal de comunicaciones al haber autorizado escuchas de las conversaciones que mantuvieron en prisión los imputados en el "caso Gürtel" con sus abogados defensores. El caso destapó una trama corrupta en la administración pública y salpicó a las delegaciones regionales del gobernante Partido Popular en Valencia y Madrid. El 11 de abril de 2011, el juez Alberto Jorge Barreiro ordenó la apertura de juicio oral contra Baltasar Garzón en este proceso. La juicio oral se realizó entre los días 17 y 19 de enero.
El proceso se inició con una querella formulada por el abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional, Ignacio Peláez, que representa al empresario José Luis Ulibarri, imputado en el 'caso Gürtel'. Con posterioridad se unieron a la querella los abogados José Antonio Choclán y Gonzalo Rodríguez-Mourullo, en nombre de Francisco Correa y Pablo Crespo, ya que también fueron escuchados.
El diario El Mundo señala que al admitir la querella contra el juez Garzón, el Tribunal destacó que la "importante decisión" de intervenir las comunicaciones entre un preso y sus abogados se basó en la "hipótesis" de que los profesionales pudieran desempeñar el papel de enlace con la organización delictiva, pero Garzón autorizó unas escuchas "indiscriminadas". Además, basó sus actos en el artículo 51.2 de la Ley Orgánica General Penitenciaria de España, que sólo permite esa interceptación en casos de terrorismo.
La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló por ser ilegales todas las escuchas autorizadas por Garzón por considerar que vulneran el derecho fundamental a la defensa. Se abrió un juicio oral contra Baltazar Garzón en el cual el juez fue sentenciado a 11 años de inahiblitación.
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