Por primera vez Club de la Unión permite celebración de un AUC de pareja homosexual
Recinto señala que para su autorización se invocó la "hospitalidad" del club. Desde 2015 en el país se han efectuado 11.097 de estos enlaces, 23% de ellos de parejas del mismo sexo.
El pasado sábado 8 de abril en el Club de la Unión de Santiago se celebró por primera vez un Acuerdo de Unión Civil (AUC) de una pareja del mismo sexo, según informó el programa Mesa Central, de T13 Radio. Se trata del enlace de Raimundo Silva y Chris Portugal, efectuado en uno de los clubes más tradicionales del país, pese a que ambos no eran miembros.
En 152 años, el Club de la Unión se ha caracterizado por ser un lugar de profundas tradiciones. Desde el inicio de su historia, en 1864, ha sido un espacio para encuentros sociales y políticos. Reservado desde su origen sólo para hombres, recién en el año 2000 se permitió el ingreso de las mujeres en calidad de socias.
Carlos Eugenio Jorquiera, miembro del directorio del Club de la Unión, consultado sobre el evento, señala que se trata de un hecho atípico en el club. "Sí, se realizó", confirma. Se trata en general, agrega, de un tema que no está regulado en el recinto.
"La decisión la tomó el gerente. Nosotros acatamos este asunto, invocándose para esto la hospitalidad del Club de la Unión. Yo apoyo lo que haya decido el gerente", señala Jorquiera.
En el Estadio Español, consultados por La Tercera, señalan que hasta hoy no se ha realizado ninguna unión de AUC. "Porque no lo han pedido. Nunca se ha dado el caso porque la gente es muy tradicional, pero depende de las circunstancias y el momento", explican sobre la posibilidad de permitir un AUC.
En el Club de Campo Militar de Peñalolén, indicaron algo similar, que hasta la fecha no se han solicitado eventos para uniones civiles de parejas homosexuales.
¿Podría negarse un centro de eventos a realizar una AUC? Oscar Rementería, representante del Movimiento de Liberación Homosexual (Movilh), responde que no tienen antecedentes de espacios que pongan restricciones para que parejas del mismo sexo puedan contraer el AUC. "Si así fuera, violarían la Ley Zamudio y la Ley del Consumidor", aclara Rementería.
Más de 11 mil AUC
Desde que entró en vigencia en octubre de 2015 la Ley N° 20.830 sobre AUC, según datos del Registro Civil e Identificación al 31 de marzo de 2017, se han efectuado 11.097 de éstas uniones.
La mayoría de ellas correspondió a parejas heterosexuales (76,3%), y el resto (23,7%) a parejas homosexuales. De estas últimas, el 53% son de parejas de sexo masculino (ver infografía).
A diferencia de lo que establece el matrimonio, en que la ley dice que es "un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen actual e indisolublemente, en el AUC, la Ley N° 20.830 lo define como "(...) un contrato celebrado entre dos personas que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente".
Es un contrato, que no opera de manera automática, explica Alejandro Jiménez Mardones director general de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana (CAJ RM). "Debe suscribirse por ambas partes (ya sean parejas heterosexuales u homosexuales)".
En este caso las parejas que contraen ese vínculo se llamarán "convivientes civiles", detalla Jiménez.
Este acuerdo permite regular las relaciones familiares de los contrayentes y todo lo relativo al patrimonio de ambos y de cada uno de los contrayentes.
"Desde el punto de vista patrimonial, el régimen que opera será por regla general la separación de bienes, a menos que hayan pactado comunidad de bienes", dice Jiménez.
Se puede poner término del AUC, añade Jiménez, por mutuo acuerdo de los convivientes civiles o por voluntad unilateral de uno de los convivientes.
Uniones extranjeras
Además, se reconocen en Chile como Uniones Civiles los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero, "produciendo en Chile los mismos efectos que la Unión Civil", aclara Jiménez.
Finalmente dice, es interesante establecer que con la aprobación de esta ley, "ahora se reconocerán en Chile como Uniones Civiles los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero, produciendo en Chile los mismos efectos que la Unión Civil, para lo cual se deben cumplir ciertos requisitos y trámites para su validez en Chile", sostiene el director general de la CAJ RMb.
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