Reforma al Sename fortalece sanciones en libertad para infractores
Proyecto busca que penas vayan según la realidad de cada menor. No se acumularán las condenas, sino que se aplicará la más alta. Esta iniciativa y la que crea el servicio de protección establecen la formación de un administrador provisional y acreditación de centros.
Penas personalizadas. Ese es uno de los principales conceptos que abarca el proyecto de ley que modifica al actual Servicio Nacional de Menores (Sename) y que crea dos nuevos centros: uno de Protección Especializada, que tratará con los menores que sufren vulneración de derechos, y otro de Reinserción Social Juvenil, enfocado en los adolescentes infractores de ley.
Este segundo ítem es uno de los que han generado el mayor número de reacciones entre distintos actores sociales, pues se ha cuestionado su efectividad a la hora de rehabilitar a los jóvenes que delinquen. En esta línea, la iniciativa que busca crear este servicio de reinserción también aspira a modificar la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (RPA), vigente desde el año 2007, y que regula las penas y las formas de cumplimiento de penas de los infractores que tienen entre 14 y 17 años.
En este sentido, el documento del gobierno que ingresó a la Cámara plantea privilegiar opciones de cumplimiento de pena en libertad, antes de optar por los regímenes cerrados.
Dentro de este ámbito, se señala que estas penas tienen que aplicarse durante períodos determinados, ya que "carece de sentido proyectar una intervención en tiempos demasiado breves o extensos", señala el documento.
Por esto, se propone la libertad asistida (menor al que se le designe un delegado que vele por su rehabilitación), debe tener un período de duración que puede fluctuar entre los seis y los 18 meses, mientras que la de tipo especial, que incluye la asistencia del adolescente a un programa intensivo de reinserción, tiene que aplicarse en un período de seis meses hasta tres años.
Diferente es lo que ocurre con el sistema de rehabilitación con internación nocturna, que debuta en esta iniciativa legal, el que debería aplicarse entre los seis meses y los cinco años. Esta medida más la internación en régimen cerrado se decretan en casos graves.
En esta línea, Marcelo Sánchez, presidente de la Fundación San Carlos de Maipo, señaló que el proyecto "apunta a contar con un catálogo más amplio y regulado (de penas en libertad). Las sanciones en medio libre han demostrado menores niveles de reincidencia y mayor desistimiento, si se acompaña de oferta especializada de calidad. Ahí está la clave. La pena en sí misma no garantiza nada".
Para el senador PPD Felipe Harboe, en esta iniciativa "se pueden revisar algunas sanciones penales, pero creo que sería el momento de impulsar el juez de ejecución de penas, para tener un tercero que fiscalice el cumplimiento de las condenas y se termine así con la sensación generalizada de que la única sanción es la cárcel, porque las penas alternativas nadie las cumple".
Por otro lado, el senador RN Alberto Espina planteó que la modificación al sistema de penas "es cosmética y no apunta realmente a reinsertarlos socialmente, ni tampoco a darle seguridad a la población". Agregó que "es inaceptable que siga aún existiendo una pena de amonestación y que no exista la obligación de que todo menor infractor, que sea drogadicto o alcohólico, deba someterse a un tratamiento".
La determinación de las sanciones es otro punto que abarca el proyecto. A lo que está vigente en la actual RPA, como es aplicar un grado menos al mínimo de lo asignado en el delito en el Código Penal, se suman nuevos factores que los jueces deberán sopesar. Entre éstos, se encuentra un soporte técnico "que se elabore en forma coordinada con los diversos planes de intervención disponibles. Con ello se focaliza la necesaria individualización de las sanciones en torno a las alternativas propuestas por los modelos de intervención, asegurando una mayor precisión entre las necesidades que presenta el adolescente y la sanción que le corresponde sin alterar el papel que cumple la gravedad del hecho cometido".
Otro ítem del que se hace cargo la iniciativa es la acumulación de penas. Hoy, la RPA lo permite y, según el texto ingresado, criticó su inconveniencia "no sólo por el hecho de permitir el superar los rangos máximos de sanción previstos en la ley (...),en efecto, la aplicación de estas condenas, especialmente concebidas para ser ejecutadas sobre adolescentes, carecen de sentido si terminan siendo aplicadas a adultos que han pasado la barrera de la juventud". Es por esto que se propone que se aplique la pena en base a la más alta y que las restantes se consideren como un factor para calcularla. El quebrantamiento se castigará con un endurecimiento del plan de intervención o modificar la sentencia en casos graves.
Protección de menores
El segundo proyecto del Ejecutivo ingresado este martes es el que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada de Niños y Niñas. Ya no dependerá del Ministerio de Justicia, sino de Desarrollo Social, y se preocupará de la protección y reparación de niños vulnerados en sus derechos por abusos, maltrato, trata, explotación sexual-laboral y abandono, además de las adopciones. "Si el anterior servicio (Sename) estaba orientaba a la intervención en los niños, en este servicio el objetivo de intervención es el niño y sus familias", dijo el ministro de Desarrollo Social, Marcos Barraza. "Este enfoque más sistémico resguarda mejor los derechos, pero también requiere que la oferta programática se revise y acompañe de verdad estos cambios legislativos", señaló Alejandra Riveros, asesora jurídica de Aldeas Infantiles S.O.S.
El nuevo estamento se dedicará a diseñar, ejecutar y supervisar programas de protección. Para ello, por primera vez acreditará a la red de prestadores (hogares privados y municipales), quienes tendrán que cumplir estándares de calidad mínimos (que establecerá la futura Subsecretaría de la Niñez), a riesgo de multas, inhabilidades o caducación de convenios.
El nuevo servicio también establece requisitos más exigentes para ser funcionario, y crea la figura de un administrador provisional que intervendrá los hogares en caso de violencia contra los niños, y otras circunstancias específicas. Esta figura también se repite en el servicio a cargo de menores infractores. En caso de infracciones graves, los organismos colaboradores pueden perder la acreditación y no podrán postular por un plazo de dos años.
Además, arriesgan multas y término de los contratos. "Es muy necesario que aumentemos nuestra exigencia y la calidad de lo que hacemos para impactar positivamente en los niños, pero ha sido muy difícil implementar sistemas de acreditación en Chile, no hemos tenido buenas experiencias en educación", explicó Ricardo Evangelista, director de la Fundación María Ayuda.
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