Revisa los fundamentos del Tribunal para castigar con ocho fechas a Barroso
Se destaca que en su defensa, el jugador ratificó sus palabras "pero sin aportar antecedente, dato o probanza alguna que permita, a lo menos, morigerar la calificación de los mismos".
En una extenso fallo, el Tribunal de Penalidades fundamentó el castigo de ocho fechas a Julio Barroso, destacando que el jugador nunca se arrepintió de sus expresiones y que tampoco entregó antecedentes o nombres para sus denuncias.
Se explica que "establecida, a juicio de este Tribunal, la procedencia de la aplicación del artículo en comento, debe considerarse, además, que las expresiones no fueron formuladas al calor de la excitación propia de un partido, sino que, por el contrario, son el fruto, según las propias explicaciones del denunciado, de una planificación, tal como lo hace generalmente en su actuar".
El fallo agrega que "a mayor abundamiento, el denunciado, en su comparecencia ante el Tribunal, junto con intentar explicar sus dichos, los ratifica, pero sin aportar antecedente, dato o probanza alguna que permita, a lo menos, morigerar la calificación de los mismos".
Además, apunta a que "invitado por el Tribunal a que de algún nombre y/o antecedente que permitiese encontrar fundamento a sus dichos, rehúye; lo que transforma a sus expresiones en imputaciones carentes de fundamento y por consiguiente en acción infraccional reprochable y digna de sanción".
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