SEA: Autorización de Punta Alcalde ratifica que actuar del Comité de Ministros se ajustó a derecho

El Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, Ricardo Irarrázabal, estimó que el dictamen respalda las facultades de dicha instancia gubernamental en cuanto a que sí puede establecer condiciones o exigencias a los proyectos para su aprobación. <br>




El director ejecutivo del Servicio de Evaluación Ambiental, Ricardo Irarrázabal, se mostró muy satisfecho con el fallo de la Corte Suprema que autoriza la construcción de la Central Termoeléctrica Punta Alcalde "ya que viene a ratificar lo que siempre hemos sostenido, que el actuar del Comité de Ministros estuvo ajustado a derecho".

Cabe recordar que en diciembre del año pasado, el Comité de Ministros dio luz verde a la iniciativa tras acoger la reclamación presentada por Endesa a la resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental de Atacama, que a fines de junio había rechazado el estudio ambiental.

Sin embargo, el Comité estableció como condición para aprobar el proyecto que Endesa invierta en un precipitador electroestático para reducir las emisiones de partículas de una planta de pellets de Cap ubicada a pocos kilómetros de donde se emplazará la central termoeléctrica.

En ese sentido, Irarrázabal estimó que "la sentencia (de la Corte Suprema) resguarda las facultades del Comité de Ministros, instancia que si puede establecer condiciones o exigencias".

Agregó que el fallo determinó que "no hay vulneración de la garantía constitucional del 19 N° 8 ya que las condiciones que impuso el Comité de Ministros apuntaban en el sentido correcto, esto es, a una mejora en la calidad de aire de esta zona del Huasco, pudiendo de esta forma compatibilizarse el desarrollo económico con el necesario cuidado del medio ambiente".

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