Sernac presenta demanda colectiva contra BBVA por aplicar cláusulas abusivas
La acción judicial, que fue declarada admisible por el 30 Juzgado Civil de Santiago, se originó luego que el banco informara a sus clientes a través de una carta que a partir del año 2013, el 1 de enero de cada año, todas las comisiones asociadas a planes de cuenta corriente aumentarán en un 3%.
El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), informó este viernes que presentó una demanda colectiva contra BBVA por aplicar cláusulas abusivas a sus clientes.
"El Sernac presentó una demanda colectiva contra el Banco BBVA por contener cláusulas abusivas en uno de sus contratos modificando unilateralmente las condiciones pactadas", dijo el organismo.
La acción judicial, que fue declarada admisible por el 30 Juzgado Civil de Santiago, se originó luego que el Banco informara a sus clientes a través de una carta que a partir del año 2013, el 1 de enero de cada año, todas las comisiones asociadas a planes de cuenta corriente aumentarán en un 3%, entendiendo que el consumidor aceptaba las nuevas condiciones si a partir del 1 de marzo de 2012, efectuaba giros, compras, pagos, transferencias o utilizaba sus líneas de crédito.
Tras esta comunicación y la recepción de reclamos, el Sernac, según apuntó, constató que el Banco está intentando aplicar una cláusula que a juicio del Servicio, es claramente abusiva, pues permite realizar cambios unilaterales. Por ello, inició una mediación colectiva exigiendo el ajuste, no obstante, la empresa persistió en su conducta por lo que deberá responder ante la Justicia.
El director del organismo, Juan Antonio Peribonio, señaló que "el Sernac siempre hace el esfuerzo de buscar soluciones en la mediación porque es el camino más rápido y eficiente. No obstante, cuando una empresa no entrega soluciones adecuadas para los consumidores en esa instancia, debe responder ante los Tribunales".
La autoridad explicó que la demanda colectiva se justifica pues el Banco comunicó a los consumidores alzas de comisiones no consentidas, injustificadas y que implican cambios unilaterales en sus contratos, lo que no podían hacer en el escenario anterior a la entrada en vigencia del Sernac porque la Ley prohibía, ni tampoco con las nuevas normas que establece que la estructura de costo debe estar pactada en el contrato y respetarse.
Subrayó que "las instituciones financieras deben entender que hoy existe un nuevo escenario con consumidores más informados y nuevos derechos. Y gracias a la nueva institucionalidad, el Sernac monitorea su estricto cumplimiento, lo que seguiremos haciendo en todos los casos".
Por otra parte, recordó a los consumidores que las empresas financieras no pueden cambiar las reglas establecidas en los contratos sin su consentimiento expreso, y que en ningún caso el silencio o el sólo uso de la tarjeta o línea de crédito como en este caso, constituye aceptación de nuevas condiciones.
La acción judicial persigue que se condene a la empresa a las máximas multas, se declaren nulas las cláusulas consideradas abusivas, se detenga el aumento unilateral de las comisiones y se indemnice a los consumidores por todos los daños causados.
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