Sernac y su par brasilero acuerdan abordar de manera conjunta eventual fusión Lan-Tam
En lo práctico, el Sernac enviará a Brasil las condiciones que establezca el Tribunal para la eventual la fusión y Brasil por su parte, compartirá los reglamentos que tienen respecto a la aviación civil para hacer un monitoreo conjunto de la operación si llega a autorizarse definitivamente.
El Director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Juan Antonio Peribonio, y la Directora del Departamento de Protección y Defensa del Consumidor de Brasil, Juliana Pereira da Silva, acordaron trabajar en conjunto ante la eventual fusión de las empresas Lan y Tam en resguardo de los derechos de los consumidores.
La reunión se dio en el marco del Foro Iberoamericano de Agencias Gubernamentales de Protección al Consumidor (FIAG) que se realiza en Buenos Aires y en la que participan ambas instituciones.
Las autoridades buscan anticiparse para fortalecer la defensa de los consumidores en ambos países considerando que la coordinación de ambas agencias va a profundizar la libre competencia y permitirá resguardar de mejor manera que se cumplan las condiciones exigidas por el Tribunal de la Libre Competencia.
En lo práctico, el Sernac enviará a Brasil las condiciones que establezca el Tribunal para la eventual la fusión y Brasil por su parte, compartirá los reglamentos que tienen respecto a la aviación civil para hacer un monitoreo conjunto de la operación si llega a autorizarse definitivamente, lo que se complementará con lo que decidan las autoridades antimonopolio de ese país.
Para Peribonio, "no hay mayor beneficio para los consumidores que exista una sana y libre competencia en el mercado y que se respeten de sus derechos".
Por ello, explicó, el Sernac ha cooperado con el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia entregando su opinión técnica respecto a situaciones del mercado que puedan afectar esos derechos para que se tomen medidas preventivas.
Señaló que el crecimiento de las empresas, debe ir a la par de los derechos de los consumidores.
"Una operación de mercado como puede ser la fusión de las empresas, no necesariamente atenta contra la libre competencia, siempre y cuando se tomen medidas para prevenir que se afecten los derechos de los consumidores", agregó.
Entre ellos, el derecho a una información veraz y oportuna, el derecho a libre elección, a la no discriminación arbitraria, a la calidad de los productos y servicios, y a que no se niegue injustificadamente un servicio.
En ese sentido, para el Sernac, toda operación que implique la fusión de las empresas debe tener resguardos mínimos para los consumidores.
Entre ellos: Que se de un trato igualitario a todos los consumidores del país en cuanto a la innovación de productos y precios de venta; que no se perjudique la calidad de los productos y se asegure el derecho a la garantía legal.
Además que se informe al Sernac cualquier medida que impliquen alza de precios o medidas que afecten la calidad o cantidad de los productos a la venta.
Estos aspectos mínimos para el resguardo de los consumidores deberán entenderse incluidos en las condiciones que les exija el tribunal a las empresas.
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