Servel establece que primarias convencionales son "improcedentes" para seleccionar candidaturas

El Consejo Directivo decretó que ningún evento de carácter público y masivo que impliquen convocar a las personas a expresar su voluntad se podrá utilizar para seleccionar candidatos.




A través de una declaración pública, el Consejo Directivo del Servicio Electoral (Servel) estableció que el único mecanismo para seleccionar candidaturas serán las primas legales, decisión que adoptó en la sesión del pasado 9 de junio por la unanimidad de sus integrantes.

De esta manera, los partidos que no inscribieron dentro del plazo legal el total de comunas en las que querían realizar primarias, no podrán utilizar el mecanismo de primarias convencionales. Esto, ya que el resultado de ellas no será vinculante y sus candidatos no quedarán automáticamente inscritos para las elecciones municipales de octubre.

Así, el Servel detalló que "acuerda establecer la improcedencia de utilizar para la selección o determinación de candidaturas, mecanismos o procedimientos que impliquen convocar a las personas a expresar su voluntad o ejercer su derecho a elegir en actividades de carácter público y masivos, tales como votaciones, primarias convencionales, consultas u otros eventos de similar naturaleza, diferentes a las elecciones primarias reguladas por la Ley 20.640".

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