Superintendencia de Salud investigará a Isapres que ofrezcan productos no farmacéuticos a cambio de excedentes
Masajeadores de pies, saunas faciales y trotadoras eléctricas son algunos de los productos que ofrecen Isapres a sus afiliados para que canjeen por sus excedentes. La ley sólo permite cambiar los excedentes por medicamentos.
En medio de las cifras que entregó esta mañana la Superintendencia de Salud, respecto a los excedentes y excesos de las Isapres acumulados en 2012, la autoridad fiscalizadora Liliana Escobar, se refirió a las aseguradoras que permiten a sus cotizantes cambiar sus excedentes por productos que no son farmacéuticos, ni estrictamente para uso médico.
Según Escobar, los productos "no están incluidos en la normativa. Nosotros podríamos hacer una evaluación también y una interpretación, porque esto lleva varios años de operación", comentó.
La superintendenta respondió también al ejemplo puntual de Isapres como Consalud que en su página web, de forma abierta, ofrecen a sus afiliados cambiar los excedentes (y excesos) por
una escaladora, un masajeador de pies, una almohada anatómica con memoria, un sauna facial, una lámpara infrarroja, una balanza para el baño, un set de mini masajeadores, una máquina para glúteos y abdominales, hasta una trotadora eléctrica y bicicletas para spining.
Para Escobar "la mirada que nosotros tenemos que aplicar es distinta de otras situaciones, porque como el beneficio es adicional, se están incrementando las oportunidades".
Luego la autoridad aclaró: "dentro de las prestaciones no cubiertas, por ejemplo que se pueden canjear por excedentes, se encuentran los medicamentos ambulatorios que no son parte del plan excepto en la condición GES. En este caso, con las farmacias que tiene cada aseguradora convenio, tienen esa información disponible", dijo.
La normativa que rige para este tipo de casos, permite que los cotizantes canjeen sus cotizaciones para "fines estrictamente médicos" como pagar cotizaciones en caso de cesantía, cubrir copagos en distintas prestaciones, financiar prestaciones de salud no cubiertas por el plan, pagar cuotas de los préstamos de salud que la Isapre le hubiese otorgado al afiliado, cubrir cotizaciones adicionales voluntarias y financiar un plan de salud durante el período en que se tramita la jubilación.
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