SVS emite norma para mejorar condiciones en contrato de seguros de salud y colectivos
Entre ellas contempla la posibilidad de retractarse de ellos en un plazo de 5 días hábiles.
Con el objetivo de simplificar el proceso de oferta, garantizar el derecho a información que lleve a la persona a tomar una decisión lúcida de acuerdo a sus necesidades e intereses, y en beneficio a la transparencia en la contratación de los seguros masivos, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) emitió con fecha de hoy cinco normas orientadas a mejorar la contratación de seguros de salud, vida e invalidez, y de coberturas asociadas.
En los últimos diez años la penetración de los seguros ha permitido que una gran cantidad de personas puedan acceder a distintos tipos de cobertura. De acuerdo a la información enviada por las aseguradoras a la SVS, a junio de este año había más de dos millones de pólizas de seguros de vida, salud e invalidez vigentes en el mercado. Sin embargo, esta masificación y la frecuencia de algunos reclamos hizo necesario revisar la normativa vigente para dar mayor protección de los derechos de los asegurados.
Estos cambios -que rigen a partir del 1 de diciembre de este año- son fruto de un proceso de análisis y diálogo con el sector privado que se prolongó por 7 meses y que incluyó dos períodos de publicación de las normas para recibir comentarios del mercado. Asimismo, en diciembre de 2008 la SVS envió un oficio al Consejo de Autorregulación de las Compañías de Seguros para plantearle la importancia de abordar materias relativas a los seguros de salud.
Las modificaciones en la normativa tienen relación con un nuevo régimen para la aplicación de preexistencias, que impone al asegurador una consulta obligatoria sobre las situaciones o enfermedades preexistentes que pudieren derivar en una limitación o exclusión de cobertura. En caso que la compañía no haga esta consulta, ésta no podrá restringir la cobertura por este tipo de situación.
También contempla la entrega de mayor información para los seguros de salud y su comercialización -que busca resolverlas dificultades que se presentan en los seguros catastróficos, a causa de la compleja información asociada a este tipo de coberturas-; clarificar la suscripción de seguros asociados a productos financieros; establecer condiciones para la retracción de contratos de seguros colectivos -para evitar los seguros no deseados-en un plazo de 5 días hábiles, y ; la posibilidad de retractarse de seguros adquiridos telefonicamente.
"El objetivo de esta norma es reforzar la información sobre el derecho que asiste a los clientes para desistirse del contrato. Para ello, la nueva normativa señala que el derecho de retracto deberá informarse, en forma destacada, conjuntamente con el envío de la póliza al asegurado y el plazo para ejercer este derecho es también de 5 días hábiles", dijo la SVS.
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