Tribunal Constitucional rechaza impugnación a Ena von Baer
El organismo determinó improcedente el recurso presentado por los parlamentarios de la oposición que pedían la inhabilidad de la senadora.
Luego de producirse esta mañana los alegatos de defensa por parte de los abogados de la senadora Ena von Baer (UDI), el Tribunal Constitucional determinó que no existe inhabilidad para que la ex vocera de Gobierno ocupe el escaño en la Cámara Alta, tras suceder al ministro Pablo Longueira.
Según consigna la reoslución del organismo, "el Tribunal Constitucional informa que, en sesión celebrada en el día de hoy, rechazó el requerimiento formulado por diez parlamentarios para que se declare la inhabilidad de Ena Von Baer Jahn para desempeñar la función parlamentaria de Senadora de la República".
De igual modo, agregan que "por rechazar el requerimiento votaron los Ministros señores Raúl Bertelsen Repetto (Presidente), Marcelo Venegas Palacios, Hernán Vodanovic Schnake, señora Marisol Peña Torres y señores Enrique Navarro Beltrán, Francisco Fernández Fredes, José Antonio Viera-Gallo Quesney, Iván Aróstica Maldonado y Gonzalo García Pino".
Luego de exponer su defensa, el abogado de la parlamentaria, Germán Concha, dijo que "esta parte rechaza tajantemente, y de la manera más categórica, cualquier acusación de fraude a la ley o de uso abusivo de la Constitución. Todas las autoridades públicas lo único que han hecho es cumplir con la Constitución y la ley. Hay una extensión indebida de los argumentos por parte del requerimiento, se ha planteado como principio una especie de imposibilidad de estar sucesivamente en el tiempo en dos o más poderes, cosa que es contraria no sólo a la Constitución, sino que al a historia de nuestro país".
El jurista enfatizó que "el artículo 57 que es el que ha sido invocado por los requirentes es un requisito que sólo cumplen quienes se someten a un proceso electoral. En este caso, como hubo un mecanismo, pero que está ahí en la constitución, no cumple".
"Hay que tener cuidado con exagerar los argumentos", sentenció Concha.
Tras esta determinación se explicita que la parlamentaria carece de objeciones constitucionales para desenvolverse en el cargo.
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