Adopción: gobierno posterga indicación para evitar "empañar" cuenta pública
"Así vamos a lograr interiorizar un poco más a los parlamentarios de nuestra coalición", dijo ministro Hernán Larraín. Minuta del gobierno elimina orden de prelación y deja abierta la puerta para adopción homoparental.
"El gobierno ha resuelto no ingresar hoy la indicación, sino que hacerlo en unos días más, luego de la cuenta pública del Presidente Sebastián Piñera", aseguró, pasado el mediodía de este martes y a través de un comunicado, el ministro de Justicia, Hernán Larraín.
Así, el secretario de Estado confirmó lo que el lunes comentaban personeros de Palacio respecto a la intención de postergar el ingreso de la indicación sustitutiva en la ley de adopción. Esto, con el objetivo de no empañar el mensaje presidencial del próximo 1 de junio, debido a las diferencias que existen en el oficialismo, particularmente en torno a la inclusión de la adopción homoparental.
"Creemos que así vamos a lograr interiorizar un poco más a los parlamentarios de nuestra coalición respecto de la propuesta. La indicación está lista y esperamos que se empiece a tramitar lo antes posible", añadió el comunicado de Larraín, quien, según transmitieron en privado desde el Ejecutivo, no estaba de acuerdo con la definición de aplazar el ingreso de la indicación, debido a que había adquirido un compromiso al respecto.
El lunes, el titular de Justicia indicó que la razón para postergar el ingreso de la iniciativa se debió a una solicitud realizada por los partidos de Chile Vamos durante el comité político ampliado. Sin embargo, según fuentes gubernamentales, fue una decisión que ya se venía conversando entre los ministros de La Moneda.
Respecto de esto, la diputada UDI María José Hoffmann, quien participó del comité político ampliado, dijo que "aquí no ha habido ninguna petición (de los partidos) de postergar" la ley de adopción, sino que "lo que queremos es que se ponga a la familia como eje de toda política pública".
El ministro del Interior, Andrés Chadwick, en tanto, recalcó que "no hay ningún problema en que existan diferencias en esta materia" al interior del oficialismo.
En La Moneda reconocen que la normativa de adopción es un tema complejo, foco de potenciales conflictos que podrían empañar la cuenta pública. En esa línea, tampoco tienen contemplado un plazo exacto para ingresar la indicación. Esto, aseguran, para evitar futuros traspiés.
Indicación de Justicia
Justicia difundió una minuta entre algunos parlamentarios con los detalles de su propuesta. En el documento, del cual La Tercera ya adelantó algunos detalles, se establece la eliminación del orden de prelación y tácitamente deja abierta la opción para la adopción por parte de parejas homoparentales.
El texto completo subraya que la actual normativa data del año 1999 y se enumeran cuáles son las principales innovaciones, las que se dividen en cuatro áreas: adoptabilidad, adopción, adopción internacional y normas de protección (ver recuadros).
Dentro de los aspectos destacados, se modifican las causales de adoptabilidad (susceptibilidad) "para evitar discriminaciones arbitrarias y velar por el interés superior del niño". De esta manera, se descarta la inhabilitación física o moral para ejercer el cuidado personal y "estigmatizadores" como los de no proporcionar atención económica.
Respecto de la adopción, se establece un plazo de tres meses para iniciar el procedimiento desde la declaración de adoptabilidad, los que son prorrogables por otros tres meses por resolución judicial.
Además, la minuta confirma que se elimina el orden de prelación y se exigen algunos requisitos, los que de todos modos deben ser evaluados por el juez que definirá laadopción. Actualmente, la normativa señala que se priorizan para la adopción matrimonios residentes en Chile, luego los residentes en el extranjero, residentes en Chile solteros, viudos y divorciados.
De igual manera, se precisa que "tratándose de dos solicitantes vinculados entre sí, se debe considerar especialmente la estabilidad y antigüedad de su relación". Y añade, sin excluir explícitamente a las familias homoparentales, que debe haber "la existencia de un ambiente familiar donde se pueda ejercer adecuadamente el rol de padre y madre, resguardando siempre el interés superior del niño, niña o adolescente". Una apreciación que, más allá de los requisitos establecidos, de todos modos le corresponderá hacer al juez de familia, subrayan en el gobierno.
La propuesta del gobierno
Elimina orden de prelación
"El proyecto no establece un orden de prelación determinado, sino que establece algunos requisitos para los adoptantes (por ejemplo: ser mayores de 25 años de edad y menores de 60, tener una diferencia mínima de 20 años y máxima de 45 años de edad con el adoptado) (…). Además, tratándose de dos solicitantes vinculados entre sí, se debe considerar especialmente la estabilidad y antigüedad de su relación, y su actuar de consuno, que permita asegurar cumplir con los fines de la adopción previstos en esta ley, como también la existencia de un ambiente familiar donde se pueda ejercer adecuadamente el rol de padre y madre".
Plazo para inicio de procedimiento
"Con la finalidad de evitar dilaciones innecesarias, se establece que una vez declarada la adoptabilidad, debe iniciarse un procedimiento de adopción en un plazo máximo de tres meses prorrogables por otros tres por resolución judicial. Así, se da la opción a que, por ejemplo, se requiera más tiempo para la ejecución de un programa de preparación para el niño".
Adopción por residentes en Chile
"Se regula por primera vez la adopción por parte de residentes en el país, de niños, niñas y adolescentes residentes en el extranjero. Se debe facilitar la información, documentación, entrevistas y visitas domiciliarias que se requieran para la emisión de los informes de seguimiento posadoptivo exigidos por el Estado de origen".
Regulación por cesión voluntaria desde el embarazo
"La mujer embarazada puede manifestar durante el embarazo su voluntad de dar a su hijo en adopción. En ese caso, dentro de 10 días hábiles desde el nacimiento, el tribunal cita a una audiencia de ratificación a la madre, y al padre, si lo hubiere. El tribunal fallará teniendo presente la ratificación y un informe que haya emitido y presente en la audiencia el Servicio Nacional de Menores (o quien lo reemplace)".
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