Comisión de Gobierno Interior despacha a Sala reforma constitucional que restablece el voto obligatorio

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La instancia liderada por la diputada PPD Andrea Parra, envió el proyecto para su discusión en Sala. Lo anterior, tras rechazar la indicación del diputado Félix González (Partido Ecologista Verde), la que sugería bajar la edad de excepción de obligatoriedad del voto de 75 a 65 años.


El pasado 28 de mayo la Cámara de Diputadas y Diputadas aprobó en general una reforma constitucional -impulsada por la diputada Joanna Pérez (DC)- que busca restablecer el voto obligatorio en elecciones populares; moción parlamentaria que contó con 107 votos a favor, 16 votos en contra (todos de Chile Vamos) y 23 abstenciones.

Posteriormente, la moción volvió a la Comisión de Gobierno Interior para su discusión en particular, donde se determinó que las indicaciones ingresadas en el debate en sala por diputados UDI y RN, como la posibilidad de salir del padrón electoral hasta 90 días antes de unas elecciones o plebiscito, la definición de multas, inscripción de jóvenes a los 17 años, entre otras; serían declaradas inadmisibles, para que sean ingresadas como proyectos de ley según corresponda.

Con la votación fijada finalmente para este miércoles 2 de junio, la Comisión de Gobierno Interior resolvió despachar a Sala la reforma que restablece el voto obligatorio.

Lo anterior, tras someter a votación la indicación del diputado Félix González (Partido Ecologista Verde), la que sugería bajar la edad de excepción de obligatoriedad del voto de 75 a 65 años. Una solicitud que fue rechazada por 10 votos a favor y 1 en contra.

Según detalla el texto aprobado del proyecto, en el Artículo 15 será sustituida la palabra “voluntario” por “obligatorio”, exceptuando a las personas mayores de 75 años o en situación de discapacidad o dependencia.

También se excluye de la obligación de sufragar a los ciudadanos chilenos con residencia en el extranjero y los ciudadanos extranjeros avecindados en Chile que estuvieren habilitados para votar. Asimismo, el sufragio en elecciones primarias serán siempre de carácter voluntario.

Finalmente, también se detalla que “será el Estado quien arbitrará las acciones necesarias para informar, facilitar e incentivar el ejercicio del derecho a sufragio”.

El sistema de sufragio obligatorio en el país estuvo vigente hasta el 31 de enero de 2012 cuando, durante el primer gobierno del Presidente Sebastián Piñera comenzó a regir la ley N° 20.568 de inscripción automática y voto voluntario, que eliminó la sanción aparejada al incumplimiento de la obligación de votar.

Sin embargo, la ley, que debutó ese año durante las elecciones municipales, mostró una alta abstención en su estreno: 57%. Una convocatoria que osciló en un rango similar hasta el plebiscito del 25 de octubre de 2020, cuando participó un 50.9% del padrón total, el más alto concurso desde la puesta en marcha del voto voluntario.

Números que llevaron a algunos parlamentarios a plantear que la baja convocatoria en las urnas podría generar un problema de legitimidad, y comenzó a instalarse, al principio tímidamente, la opción de retornar a la obligatoriedad. De hecho, en enero pasado la Cámara de Diputados había rechazado, al no alcanzar el quórum requerido, un proyecto similar para retornar a la votación obligatoria, impulsado por la oposición.

Pero la idea volvió a tomar fuerza luego que el proyecto de restablecimiento del voto obligatorio, que descansaba en el Congreso desde enero de 2020, fuese puesto nuevamente en tabla en mayo de este año como proyecto refundido.

Las aristas pendientes

Tres indicaciones fueron ingresadas en la discusión en sala en la Cámara Baja, todas ellas de la autoría de Renovación Nacional y la UDI. Tras ser declaradas inadmisibles en la anterior sesión de la Comisión de Gobierno Interior, deberán ser ingresadas como proyecto de ley según corresponda.

La primera, ingresada por el diputado Juan Antonio Coloma (UDI), solicita que la inscripción electoral sea voluntaria, debiendo acreditarse ante el Servicio Electoral, el cumplimiento del requisito de mayoría de edad.

La segunda indicación, por parte de las diputados Sofía Cid Versalic (RN) y Karin Luck (RN), y el diputado Leopoldo Pérez (RN), señala que los chilenos mayores 17 de años sean inscritos automáticamente en el Registro Electoral, y que cualquier persona inscrita en el padrón podrá solicitar, con al menos noventa días de anticipación a una elección o plebiscito, “su eliminación del mismo” o bien “su reincorporación”.

En tanto, los diputados Harry Jurgensen (RN) y Pérez (RN), junto a la diputada Luck, añadieron como tercera indicación la disposición transitoria referente a las multas en caso de incumplimiento.

“Durante las elecciones presidenciales y parlamentarios del año 2021, los ciudadanos que estando obligados para votar de conformidad al artículo 15 no lo hicieren, serán penados con multa a beneficio municipal de media a dos unidades tributarias mensuales”, detalla el texto.

Esto excluye a quienes dejaron de cumplir su obligación “por enfermedad, ausencia del país, encontrarse el día de la elección en un lugar situado a más de doscientos kilómetros de aquel en que se encontrare inscrito o por otro impedimento grave debidamente comprobado ante el juez competente”. Corresponderá al Juez de Policía Local de la comuna donde se cometió la infracción el tomar conocimiento de tal infracción.

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