Comisión de Seguridad del Senado aprueba en general la ley Nain-Retamal
Por unanimidad, con 5 votos a favor fue visada la iniciativa. Se espera que el día martes la moción sea votada en la sala de la Cámara Alta.
La comisión de Seguridad Pública del Senado sesionó este jueves para discutir la ley Nain-Retamal que busca aumentar las penas a quienes cometan delitos en contra de funcionarios policiales y de Gendarmería. Fue así, que se aprobó por unanimidad con 5 votos a favor la iniciativa en general. Mañana se llevara a cabo la votación en particular.
Si bien se esperaba despachar la moción durante esta jornada, todas las bancadas parlamentarias del Senado -salvo Republicanos- acordaron postergar la votación en sala del proyecto para el día martes.
La decisión se toma en el marco de que tanto senadores de oposición, de oficialismo como el propio gobierno pretenden introducir indicaciones al proyecto.
Fue así, que pasadas las 15.00 horas comenzó la discusión del proyecto. En la instancia, estuvo presente la ministra del Interior, Carolina Tohá, quien entregó las indicaciones del Ejecutivo al proyecto y planteó que el “problema” radica en que el tratamiento a las policías que usan su arma de servicio no está resuelto en la ley Nain-Retamal.
En esa línea, explicó que “donde hay muchas dificultades y que el proyecto lamentablemente en su versión original no aborda es que en el transcurso de la investigación, las personas acusadas, policías acusados o que intervinieron, hicieron uso de la fuerza, enfrentan un tratamiento, primero por parte de los tribunales y segundo de la propia institución, que los pone en una situación de gran desmedro”.
“Ese problema no está suficientemente abordado en la Ley Retamal y el esfuerzo principal del Ejecutivo está en resolver esa parte del problema poniendo algunas orientaciones para que el tratamiento de la persona no sea de imputados salvo que la investigación muestre que claramente hubo algún tipo de procedimiento inadecuado”, sostuvo.
Asimismo, añadió que la propuesta del gobierno apunta a que la institución no pueda suspender o sancionar económicamente al funcionario “hasta que no haya, en el proceso administrativo o en el proceso judicial, indicios ya sustantivos de que tiene una participación punible y no por principio como muchas veces sucede”.
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