Contraloría General de la República aclara que mantendrá trabajo remoto para sus funcionarios
Así seguimos manteniendo la continuidad del Servicio, aunque manteniendo en primer lugar el cuidado de la salud de los funcionarios, señaló el organismo.
En medio de la polémica generada luego que el Presidente Sebastián Piñera en una videoconferencia realizada ayer instruyera a sus ministros para reiniciar el retorno gradual a trabajar de manera presencial de los empleados públicos, medida que fue criticada por la Asociación Nacional de Empledos Fiscales (Anef), y políticos de oposición, la Contraloría General de la República aclaró este sábado que mantendrá a sus funcionarios trabajando de forma remota.
“Respecto a consultas, Sí es efectivo que nuestra institución mantiene su modalidad de trabajo remoto. Las razones esgrimidas se basan en que remotamente seguimos manteniendo la continuidad del Servicio, aunque manteniendo en primer lugar el cuidado de la salud de funcionarios/as”, señaló el organismo mediante su cuenta de Twitter.
Las diferencias de criterio entre La Moneda y la Contraloría respecto a la modalidad de teletrabajo ya se habían hecho notar a mediados de marzo.
El decreto presidencial emitido el 16 de marzo que impartió instrucciones a los servicios públicos ante la aparición del coronavirus en el país dejó a evaluación de los jefes de servicios la adopción de medidas como el uso de la modalidad de teletrabajo y la suspensión de ceremonias.
Veinticuatro horas después el contralor Bermúdez envió un oficio al ministro del Interior, Gonzalo Blumel detallando “medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la administración del Estado a propósito del brote de Covid-19”.
Instructivo
En el documento de cinco páginas realizado por la división jurídica de la Contraloría, Bermúdez amplió el espacio para el trabajo a distancia de los funcionarios públicos. Una medida que, de hecho, aplicó en su repartición.
“Ante una pandemia como la que afecta al territorio nacional, corresponde a los órganos de la administración del Estado adoptar medidas que el ordenamiento jurídico les confiere a fin de proteger la vida y y salud de sus servicios, evitando la exposición innecesaria de estos a un eventual contagio; de resguardar la continuidad del servicio público y de procurar el bienestar general de la población”, dice el documento emitido por Contraloría.
El texto añade: “En mérito de lo expuesto, es posible concluir que los jefes superiores de los órganos de la administración del Estado se encuentran facultados para disponer, ante esta situación de excepción; que los servicios que en ellos se desempeñan cualquiera sea la naturaleza de su vínculo jurídico, cumplan sus funciones mediante trabajo remoto desde sus domicilios u otros lugares donde se encuentren”.
“En segundo término, respecto de los servidores que ejercen tareas que no resultan compatibles con la modalidad de trabajo a distancia , pero cuya presencia no resulta indispensable en las dependencias de los servicio, cabe precisar que el jefe del servicio puede igualmente establecer su no asistencia... eximiendo del deber de asistencia al amparo del instituto del caso fortuito, asistiéndoles igualmente el derecho a percibir en forma íntegra sus remuneraciones”, recalca.
La Contraloría, además, advirtió que “cabe hacer presente que no corresponde que por causa de la pandemia de que se trata, se exija a los funcionarios o prestadores de servicios a honorarios solicitar los feriados o permisos a que tengan derecho”.
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