Diputados aprueban en general proyecto que crea sistema unificado de desaparecidos

Discusión del proyecto de ley sobre extravío de personas y la realización de las primeras diligencias orientadas a su búsqueda
Foto: camara.cl

El denominado “Sistema Interconectado de Búsqueda” pretende otorgar agilidad en las pericias policiales e investigación por parte del Ministerio Público.


Este miércoles, la Cámara Baja aprobó en general el proyecto de ley “sobre extravío de personas y la realización de las primeras diligencias orientadas a su búsqueda”.

La iniciativa fue respaldada por unanimidad y ahora pasará a trámite en la Comisión de Hacienda para su discusión en particular.

La idea central establece una base de información denominada “Sistema Interconectado de Búsqueda”, la que pretende dar agilidad a las pericias policiales, permitiendo su acceso a distintas autoridades. Lo anterior, facilitaría la determinación de coincidencias entre las denuncias y el inicio de la investigación fiscal, ya se trate de extravío, desaparición, hallazgo de cadáveres o restos humanos no identificados.

Para efectos de esta ley, se entiende por persona desaparecida aquella cuyo paradero se desconoce y se teme la afectación a su vida, integridad física o psíquica. En tanto, una persona desaparecida deja de serlo cuando, por medios físicos o científicos, el Ministerio Público confirme que dicha persona fue hallada o encontrada e identificada. Asimismo, se entenderá que una persona fue hallada cuando se ha encontrado sin vida.

Sistema interconectado de búsqueda

El Sistema Informático Interconectado de Búsqueda de Personas Desaparecidas sería administrado por Carabineros, con el objetivo de centralizar y organizar a nivel nacional la información recopilada por los órganos que intervienen en el proceso de búsqueda; Ministerio Público, Carabineros y Policía de Investigaciones. También se consideraría el Servicio Médico Legal y el Registro Civil e Identificación.

La moción señala que “cualquier individuo podrá denunciar la desaparición de una persona cuando se desconozca su paradero y se tema por la afectación a su vida o por su integridad física o psíquica”. Lo anterior, sin que sea exigible el transcurso de un tiempo mínimo desde las últimas noticias de la persona desaparecida.

Además, -entre otras normas-, sería obligatorio para los funcionarios involucrados recibir la denuncia y comunicarla de inmediato al Ministerio Público.

Desde el 2002, Carabineros cuenta con una “Sección Encargo de Personas (SEP)”, cuya función es gestionar una base de datos que contenga las denuncias por presunta desgracia a nivel nacional. Sin embargo, el informe que presenta el proyecto, en enero de 2019, expresa que “el sistema no ha funcionado en la práctica, pues, los registros difieren entre policías”.

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