Fact checking constitucional: ¿Se puede ir a votar con elementos que hagan alusión a alguna de las opciones?
Desde que se dio inicio al proceso constituyente, las redes sociales se han centrado en conversar y discutir sobre la posibilidad de que Chile tenga una nueva Constitución. En todo este contexto es que han sido varias las afirmaciones que circulan con dudosa credibilidad. Para aportar en tener un debate con información confiable se elaboró esta entrega especial del Fact Checking de La Tercera que incluye las verificaciones de nuevos casos relacionados con la temática constitucional valorizados según las categorías falso o verdadero.
No se puede ir a votar con elementos que hagan alusión al Apruebo o el Rechazo
El 4 de octubre, el usuario de Instagram “Soyporfia” subió un post donde aseguró que el día de la votación no se podrá asistir con ningún elemento que haga alusión a las opciones presentes en la papeleta. Esto, ya que sería considerado como campaña política, actividad que está prohibida durante las elecciones. En la publicación, afirmó que quienes sean sorprendidos podrían ser sancionados, incluso, ser detenidos.
A partir de las publicaciones, desde el Servicio Electoral (Servel) confirmaron la información y afirmaron que “tal como en cada elección, se prohíbe la presencia de electores que pretendan ingresar al local haciendo uso de elementos o frases que sean indicativas de propaganda en sus vestimentas o elementos sanitarios”.
Los lugares de votación tampoco podrán tener objetos que hagan alusión a una de las opciones. Desde la institución, agregaron que el Protocolo Sanitario elaborado para el próximo Plebiscito es claro y estipula que “en los locales de votación queda estrictamente prohibido utilizar material sanitario, o de cualquier otro tipo, que tenga propaganda referente a alguna de las opciones del Plebiscito”.
La Constitución actual no permite “congelar” los precios
El 15 de marzo, la abogada y exdirectora del INDH, Lorena Fries, escribió un tuit que rápidamente se viralizó en redes sociales con más de 1.700 retuits y 2.400 me gusta en menos de 24 horas. En el posteo, hizo alusión a que la actual Constitución no permite congelar los precios de ciertos productos claves para combatir efectivamente la emergencia provocada por el COVID-19.
Sin embargo, no es que la Constitución -expresamente- no permita el congelamiento de precios, de hecho, esto no está establecido en la Carta Magna ya que, según señalan algunos abogados, iría en directa contradicción con otros derechos que se garantizan en Chile. En este caso, un congelamiento de precios no respetaría la libertad de desarrollar actividades económicas ni la propiedad sobre los bienes que se venden.
Por otro lado, “congelar los precios, en casos extremos, teóricamente podría ocurrir” según el profesor de derecho constitucional, Javier Couso. Un ejemplo de esto es el artículo 43 inciso tercero de la Constitución que deja en claro que en “estado de catástrofe”, el Presidente la República podrá “establecer limitaciones al ejercicio del derecho de propiedad”.
Para Couso podría existir otra posibilidad en caso de no declararse el “estado de catástrofe”. Se podrían congelar los precios mediante la aplicación de la ley, a través del articulo 19 numero 24 inciso segundo de la Constitución, la que permite limitar y obligar al derecho de propiedad con fines de función social, que en este caso en específico correspondería a un fin de “salubridad pública”.
El abogado Tomás Jordán agrega que en Chile “hay libertad de precios” y sobre la aplicación de esa medida en una eventual estado de catástrofe sería “una interpretación muy amplia de la norma”.
Starbucks llama a votar por el Apruebo
El 11 de marzo el sindicato de trabajadores de Starbucks subió a las redes sociales un video donde se hizo un llamado a los consumidores de esa marca de café a marcar sus vasos con mensajes de apoyo a la opción “apruebo” para el plebiscito de abril. El registro se viralizó rápidamente llegando a las 373.000 visualizaciones, 4.600 me gusta, 4.200 comentarios y 2.300 retuits hasta el 16 de marzo.
En el video se incentiva a los usuarios saquen fotos de dichas intervenciones para luego etiquetar las mismas a la cuenta de Twitter del sindicato.
Ante lo ocurrido, Starbucks lanzó un comunicado explicando que “Starbucks Chile no ha realizado ninguna invitación a escribir o rayar nuestros vasos con consignas políticas de ninguna índole o tendencia”.
“Con la convención constituyente el Congreso quedará inhabilitado”
El día de ayer, 11 de marzo, se difundió a través de Twitter una declaración de Patricio Navia, cientista político, en el que declaraba que la elección de una Convención Constituyente implicaría la inhabilitación del Congreso de manera inmediata.
Esto no tardó en generar múltiples reacciones dentro de los medios sociales, donde se corrigieron los dichos del mismo, acusándolo de mentir en repetidas ocasiones y esparcir desinformación.
En particular, otros usuarios de la red social hicieron alusión al capítulo XV de la Constitución que habla precisamente sobre los procedimientos para elaborar una nueva Carta Magna. De hecho, es el artículo 135 —Disposiciones especiales— de este capítulo que estipula que “La Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes”.
De esta manera, la elección de una Convención Constituyente no tendría atribución alguna sobre otros organismos del Estado, incluido el Congreso.
No se podrá sacar carnet hasta el 27 de abril
Durante las últimas horas comenzó a circular a través de las redes sociales una publicación -que posteriormente se borró- en la que se afirma: “Me avisan que dice que no se podrá sacar carnet hasta el 27-4 (27 de abril) y que los pacos (Carabineros) andarán como locos rompiendo las cédulas en los controles de identidad. Verifico info en la página del Registro Civil, intento pedir hora para carnet nuevo o reimpresión y no hay fecha hasta el 27-4”. La publicación fue compartida al menos 1.300 veces, con más 700 likes (me gusta). ¿Es correcta esta información?
Consultado el Servicio de Registro Civil e identificación desmienten “categóricamente” lo señalado. La entidad explica que cuenta “con 311 oficinas donde se puede solicitar cédula de identidad de lunes a viernes desde las 8.30 hasta las 14.00 horas”, por orden de llegada.
Agrega que “54 oficinas cuentan con atención por reserva de hora la cual se solicita por la página web o el Contact Center con el objetivo de hacer más expedita la atención. Este servicio es muy utilizado por los usuarios y usuarias por lo que se ve copado rápidamente, sin embargo, aún existen horas disponibles durante marzo y abril”. Añade que sale $3.820 la cédula para chilenos y se entrega en unos 8 días. “Para extranjeros el costo es de $4.270 y se entrega en un plazo de 18 días hábiles”. En tanto, desde Carabineros indicaron que “no manejan antecedentes” de lo referido al texto sobre destruir cédulas durante controles de identidad.
Servel y la “conspiración” sobre la licitación del sistema de cómputos
El 10 de marzo, un usuario en Twitter publicó dos capturas de documentos de una licitación del Servicio Electoral (Servel). En la publicación, el usuario planteó la duda de por qué esa licitación -relativa a un sistema de cómputos- se hizo el 11 de noviembre, cuatro días antes del acuerdo del 15 de ese mes donde se abrió la puerta a legislar sobre el proceso constituyente, y cuando aún no había claridad de que se avanzaría en la realización de un plebiscito.
El usuario agregó en su tweet: “¿Conspiración, asociación ilícita, clase política?”. Sin embargo, desde el Servel aclararon que esos documentos a los que se hacen referencia “son parte de la programación de las compras que el Servicio realiza previo a procesos eleccionarios, por ende corresponde a una licitación prevista para las elecciones 2020 y 2021”. Cabe recordar, que antes del plebiscito de abril, ya estaba fijado para octubre de este año la elección municipal y la de gobernadores regionales.
Por lo tanto, que la licitación se haya hecho exclusivamente para el plebiscito, y que se diga que el Servel habría tenido conocimiento de que se iba a realizar uno, antes del 15 de noviembre, es falso.
Respecto al plebiscito del 26 de abril, el Servel aclaró que el contrato con la empresa que se encargará del sistema de cómputos fue realizado por trato directo. Esto debido al plazo acotado entre la convocación del Plebiscito y la realización del mismo, lo que no permitiría un proceso licitatorio.
Una nueva Constitución podría acabar con la libertad de culto
Una serie de imágenes de la vandalización de imaginería religiosa ha circulado en las redes sociales estos últimos días. Utilizando estas fotografías como evidencia, algunos usuarios de Twitter han hecho alusión a que una nueva Constitución podría acabar con la libertad de culto.
Estas fotos de diversas manifestaciones, donde se vieron dañadas iglesias o figuras religiosas, van acompañadas de frases como: “Con el apruebo pretenden prohibir la libertad de culto” o “Cualquier creyente debería votar #RECHAZO”.
Sin embargo, una Nueva Constitución no podría prohibir la libertad de culto de las personas, esto porque Chile ha suscrito una serie de tratados internacionales que garantizan este derecho, tales como:
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, en la que en su Artículo 3 se expresa que “toda persona tiene el derecho de profesar libremente una creencia religiosa y de manifestarla y practicarla en público y privado”
Declaración Universal de Derechos Humanos, donde se sostiene en su Artículo 18 que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.”
Todo esto queda establecido por el capítulo XV de la Constitución —Reforma de la Constitución y del Procedimiento para Elaborar una Nueva Constitución de la República— cuyo artículo 135 expresa “El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
La Convención electa puede cerrar el Congreso
Fue a finales de enero cuando una frase realizada por el vocero de la Coordinadora No+AFP, Luis Mesina, encendió el debate sobre el proceso constituyente. Mesina participó como expositor de una actividad llamada “Conversatorios constituyentes”. En ese contexto fue que, ante las consultas de las personas presentes, Mesina afirmó que “se puede dar el fenómeno que, dada la capacidad de movilización, los constituyentes se constituyan en la primera reunión y se autodeclaren soberanos realmente y se acabó todo y cierren el Congreso inmediatamente”.
Un extracto de video con esa frase comenzó a ser divulgada por varias cuentas en redes sociales. Uno de los más críticos fue el senador RN Andrés Allamand.
La Tercera revisó la veracidad de esa afirmación respecto de la posibilidad de que los constituyentes puedan “cerrar el Congreso”. Esto no sería posible, ya que no está contemplada en las reglas fijadas para el proceso constituyente. De hecho, el artículo 135 de la Constitución establece, entre otras cosas, que “la Convención no podrá intervenir ni ejercer ninguna otra función o atribución de otros órganos o autoridades establecidas en esta Constitución o en las leyes” y también agrega que “mientras no entre en vigencia la Nueva Constitución en la forma establecida en este epígrafe, esta Constitución seguirá plenamente vigente, sin que pueda la Convención negarle autoridad o modificarla”.
De hecho, de ocurrir un escenario como el planteado por Mesina, la Constitución establece un mecanismo para reclamar una infracción a las reglas de la Convención la cual será resuelta por cinco ministros de la Corte Suprema. Esta resolución no será apelable.
El abogado constitucionalista Sergio Verdugo afirma que “jurídicamente, la respuesta desde el Derecho, es que (el cierre del Congreso) no debiera suceder. El texto constitucional actual lo prohibe y se violaría el acuerdo político que estableció los términos del proceso constituyente, de acuerdo al texto actual del Capítulo XV de la Constitución”.
Verdugo agrega que “una cosa distinta es si la Convención puede, violando las reglas actuales, declarar que tiene un poder ilimitado y utilizar ese poder para, por ejemplo, cerrar instituciones o incumplir sus propios plazos. Tenemos herramientas de predicción limitadas. Mi opinión es que, aunque posible, es improbable que eso suceda. La Convención parece tener suficientes controles internos para impedir que algo así suceda”.
Incluso, la reforma al capítulo XV que dio pie al proceso constituyente estableció que la Corte Suprema podrá anular actos de la Convención Constitucional que vayan en contra de la ley.
Mesina, en tanto, aclaró días después que fue sacado de contexto y que en realidad solo se refería a una situación “hipotética”.
Lienzo a favor de una nueva Constitución en la Seremi de Educación de La Serena
La imagen circuló por varios grupos de Facebook. En uno de ellos, que lleva el nombre de “Brigadas por el Rechazo a la Nueva Constitución”, se subió, más de una vez y en tono de denuncia, una foto que muestra un lienzo de color negro en el cual se entrega el apoyo a una nueva Constitución.
El lienzo dice lo siguiente: “Nueva Constitución. No + AFP. Formación Ciudadana. Educación pública y de calidad. Juntos”.
En ese grupo de Facebook la imagen fue subida con el siguiente texto: "Este cartel está puesto en el Seremía de Educación La Serena, un edificio que fue totalmente vandalizado y quemado. Lo firma la Asociación de Funcionarios del Ministerio de Educación". El mensaje tiene más de 220 “Me Gusta”, más de 110 comentarios y al menos fue compartido por casi 40 personas.
Según pudo constatar La Tercera, el lienzo efectivamente fue instalado en el edificio institucional de la Seremi de Educación de La Serena por trabajadores de la entidad. El mensaje estuvo instalado algunos días, lo cual no generó mayor problemas en el organismo. Luego, las autoridades de la institución ordenaron sacarlo.
Dos años tarda tener una nueva Constitución
Por Twitter y Facebook se suele comentar, tantos en mensajes a favor del Apruebo como del Rechazo, que la duración total del proceso para tener una nueva Constitución es de dos años.
De acuerdo a lo establecido en el capítulo XV de la Constitución, ante el escenario de que el próximo 26 de abril gane la opción Apruebo, se daría comienzo al proceso para la redacción de una nueva Carta Magna el cual, considerando todas las prórrogas establecidas, efectivamente tiene una duración de dos años. La eventual nueva Carta Fundamental se promulgaría en abril de 2022.
¿Cuáles son algunas de las etapas previas? Luego del plebiscito del 26 abril de este año, viene una segunda gran elección: las municipales. Esta votación está fijada para el 25 de octubre. En ese mismo proceso electoral se deberán escoger a los convencionales constituyentes, quienes tendrán que integrar ya sea la Convención Mixta Constitucional o la Convención Constitucional.
Luego, a fines de noviembre, el Presidente Sebastián Piñera convocará a la primera sesión de este organismo. De acuerdo a lo establecido en la Constitución, la Convención tendrá un plazo máximo de funcionamiento hasta septiembre de 2021 el cual se podría prorrogar por tres meses más. El plebiscito, para aprobar o rechazar la nueva Constitución, se convocaría para marzo de 2022. Así, finalmente, todo el proceso terminaría en abril de ese año.
La opción Convención Mixta Constituyente ha sido eliminada del plebiscito
Un mensaje de audio, divulgado por Whatsapp y publicado en grupos de Facebook, dio origen a una falsa denuncia: que los parlamentarios se habían puesto de acuerdo para eliminar de la papeleta del plebiscito de abril la opción Convención Mixta Constituyente.
Esta opción, según lo acordado en el Acuerdo por la Paz Social y la Nueva Constitución de noviembre del año pasado, significa que el órgano encargado de redactar la nueva Carta Fundamental estará “integrada en partes iguales por miembros elegidos popularmente y parlamentarios o parlamentarias en ejercicio”.
Sin embargo, esa opción no ha sido “derogada” ni tampoco eliminada de la papeleta del plebiscito de abril. Los parlamentarios tampoco han modificado el artículo 130 de la Constitución que así lo establece.
Supuesto cartel en el cerro Renca que dice “Rechazo la lleva”
Por Twitter han circulado varios mensajes en los cuales se difunde una imagen en la cual se puede ver el Cerro Renca con un letrero, formado por letras grandes, que dice “Rechazo la lleva”. Una de las cuentas que difundió esta imagen llegó a tener más de 1.400 retuits y más de 2.500 “Me gusta”.
Esa cuenta, difundió la imagen con el siguiente mensaje: “Renca no se queda atrás, todo Chile se levanta por el rechazo, esta será una paliza histórica”.
Sin embargo la imagen es falsa y ese letrero no está en Renca. Al rastrear la imagen por el buscador de Google se puede concluir que corresponde al tradicional mensaje “Renca la lleva” cuyo mensaje fue modificado en la fotografía. Pero fue a fines de 2016 cuando el actual alcalde de esa comuna, Claudio Castro, removió la frase “la lleva”.
Supuesta campaña por el rechazo de Contralorito
El controvertido personaje de Contraloría volvió a generar ruido en redes sociales. El personaje que utiliza el organismo para explicar sus mensajes por redes sociales, y que lleva el nombre de Contralorito, fue utilizado en una imagen en la cual se promociona la opción Rechazo.
Ese mismo recurso gráfico, en que se ve a Contralorito junto a un mensaje que dice “y para dejar un mensaje alegre, buena onda, no olvidar #TodosporElRechazo” fue subido a la cuenta de Teresa Marinovic. Sin embargo, la foto es falsa y solo corresponde a un montaje gráfico realizado con la imagen oficial del personaje de Contraloría y no corresponde a un mensaje oficial creado por el ente contralor.
Incluso, el mismo día en que la imagen fue subida por Marinovic, Contralorito subió un tuit en el cual señalaba que su figura corresponde a “un bien institucional inscrito como propiedad intelectual".
“Si hay convención mixta y con cuota de género tienen que renunciar todas las mujeres del Congreso que quieran participar”
El 12 de febrero, un usuario de Twitter escribió que en caso de que se imponga en abril la Convención Mixta Constitucional, y que exista paridad de género en el órgano constituyente, todas las parlamentarias -senadoras y diputadas- tendrán que renunciar a su cargo.
El tweet, que alcanzó a ser retuiteado por 39 personas y tuvo más de 100 likes, es falso. Las parlamentarias y parlamentarios que quieran ser parte de la Convención Mixta no tienen que dejar su cargo para ser parte de ese órgano. De hecho, la reforma al capítulo XV estableció que “serán compatibles los cargos de parlamentario e integrantes de la Convención Mixta Constitucional. Los diputados y senadores que integren esta convención quedarán eximidos de su obligación de asistir a las sesiones de sala y comisión del Congreso durante el período en que ésta se mantenga en funcionamiento”.
Sin embargo, si la opción que se impone el 26 de abril es la Convención Constitucional y un parlamentario o parlamentaria quiere postular para ser un integrante de ese órgano, ahí sí debe renunciar a su cargo.
Sobre la paridad de género, se estableció que en la Convención Mixta se ocupe la fórmula de paridad en el 50% elegido por la ciudadanía y en el 50% de parlamentarios haya un “criterio” de paridad.
Redactar una nueva Constitución tendrá un valor de 176 mil millones de pesos
“Una nueva Constitución no mejorará ni la salud, ni la educación, ni las pensiones, ni los sueldos”. Así parte un folleto, entregado durante febrero en algunas calles de Santiago. Después, se lee lo siguiente: “Sin embargo, redactar una nueva Constitución tendrá un valor de $176.000.000.000 de pesos y traerá tres años de inestabilidad social y económica para el país”.
Ese monto, sin embargo, es falso. Esto, porque la Dirección de Presupuesto (Dipres) confirmó a La Tercera que se destinaron $24.258 millones para los gastos que implicará la realización del plebiscito del 26 de abril. Esos recursos serán administrados por el Servicio Electoral (Servel) y destinados para los gastos operativos que van desde la impresión de las papeletas de votación hasta los costos del personal que trabajará para el correcto funcionamiento de la elección.
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