Forma de Estado: Pleno de la Convención aprueba “autonomía financiera” para entidades territoriales

Convención

Por 108 votos a favor, 17 en contra y 21 abstenciones, se aprobó la norma que establece que las entidades territoriales “gozarán de autonomía financiera en sus ingresos y gastos para el cumplimiento de sus competencias, la cual deberá ajustarse a los principios de suficiencia, coordinación, equilibrio presupuestario, solidaridad y compensación interterritorial, sostenibilidad, responsabilidad y eficiencia económica”.


Durante esta jornada el pleno de la Convención vota, en general y particular, el tercer informe de la comisión de Forma de Estado, el cual incluye artículos que abarcan temas como cargas tributarias y organización fiscal, participación en entidades regionales y locales, administración pública y modernización del Estado, ruralidad, gobiernos regionales, forma de Estado y ordenamiento territorial.

Previamente, y en base a los informes emitidos de la comisión, el pleno ya había aprobado artículos como el que señala que “Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas” u otro que establece en el borrador de nueva Constitución que el Estado se organiza territorialmente en regiones y comunas autónomas, así como también la garantía de un “tratamiento equitativo y un desarrollo armónico y solidario entre las diversas entidades territoriales”.

Tras la discusión, se aprobó por 108 votos a favor, 17 en contra y 21 abstenciones, uno de los artículos más comentados durante las intervenciones en el pleno: el referido a la autonomía financiera de las entidades territoriales. La norma establece que las entidades territoriales “gozarán de autonomía financiera en sus ingresos y gastos para el cumplimiento de sus competencias, la cual deberá ajustarse a los principios de suficiencia, coordinación, equilibrio presupuestario, solidaridad y compensación interterritorial, sostenibilidad, responsabilidad y eficiencia económica”.

El convencional Julio Álvarez (Colectivo Socialista) fue uno quienes defendieron el artículo durante su intervención. “La descentralización por sí sola no tiene efecto importante si no es en el marco de una forma de Estado que le asigne un propósito político y territorial (...) (El artículo) otorga autonomía financiera suficiente para cumplir con las nuevas responsabilidades que tendrán las entidades territoriales. Sin esas atribuciones, el Estado regional no tendrá esqueleto, reduciéndose solo a buenas intenciones”, justificó.

Sin embargo, minutos más tarde fue rechazado y devuelto a la comisión un artículo que busca que las entidades territoriales participaran de los ingresos obtenidos por el uso y explotación de los recursos naturales en sus territorios.

Este destaca en su texto que “las entidades territoriales en cuyo territorio se desarrollen actividades ligadas a sus características y condiciones naturales o geográficas, tendrán derecho a participar (...) de los ingresos que el Estado perciba en relación con dichas actividades, en conformidad al principio de solidaridad interterritorial y en la forma que determine la ley”.

Asimismo, indica que “los ingresos a que se refiere este artículo, podrán provenir, entre otros, del uso y explotación de bienes nacionales de uso público y bienes fiscales, tales como recursos minerales, pesqueros y forestales, la observación astronómica, el uso de la energía solar, eólica, oceánica o geotermal, del espectro radioeléctrico, o de las concesiones sobre el uso de estos bienes, tales como el agua, carreteras o inmuebles fiscales”.

Durante la discusión, Eduardo Castillo (Colectivo del Apruebo), había llamado a “tener cuidado con esta norma”, al afirmar que “puede ser fuente de mayores inequidades regionales, mayores desigualdades entre las regiones, sobre todo cuando no hay claridad sobre qué se aplica y cómo se va a aplicar. Yo sé que esto queda a la ley, pero la Constitución no puede quedar tan abierta, por ejemplo, señalando el uso y explotación de bienes nacionales de uso público, de los bienes fiscales, tal como los recursos mineros, pesqueros, forestales (...) No hay ninguna claridad sobre cuáles bienes se van a aplicar los tributos que van a quedar en la región”.

Otros artículos aprobados y rechazados

Durante la jornada se aprobó, con 130 votos a favor, 7 en contra y 8 abstenciones, el artículo referido a los tributos. Este establece que “las personas y entidades deberán contribuir al sostenimiento de los gastos públicos mediante el pago de los impuestos, las tasas y las contribuciones que autorice la ley”.

También se visó el artículo sobre descentralización fiscal, el que señala que los gobiernos regionales y las municipalidades “gozan de autonomía financiera para el cumplimiento de sus funciones”. Asimismo, quedó consagrado en el borrador de nueva Constitución que “la Ley de Presupuestos de la Nación deberá propender a que, progresivamente, una parte significativa del gasto público sea ejecutado a través de los gobiernos subnacionales” y que “el deber y la facultad de velar por la estabilidad macroeconómica y fiscal será centralizada”.

El pleno de la Convención dio el visto bueno al artículo referido a las prohibiciones en materia tributaria, que señala que la Ley de Presupuestos no puede crear tributos ni beneficios tributarios. Asimismo, se aprobó el artículo sobre la distribución de las potestades tributarias.

También fue aprobado el inciso primero del Artículo 27, que trata sobre la probidad de los funcionarios públicos. La norma, que contó con el apoyo de 138 constituyentes, indica que “en el ejercicio de la función pública se deberá observar una conducta funcionaria intachable y responsable, desempeñando la función o el cargo correspondiente en forma leal, honesta, objetiva e imparcial, sin incurrir en discriminaciones de ningún tipo, con preeminencia del interés general por sobre el particular”.

También pasó al borrador de la nueva Carta Magna el inciso primero del Artículo 28, que indica que “es deber del Estado proveer de servicios públicos universales y de calidad a todas las personas que habiten en su territorio, los cuales contarán con un financiamiento suficiente”.

Administración Pública

En tanto, por 127 votos a favor, 3 en contra y 16 abstenciones se aprobaron incisos del Artículo 32, que indican, entre otras cosas, que el ingreso de funcionarios a la administración pública “se realizará mediante un sistema abierto, transparente, imparcial, ágil y que privilegie el mérito, la especialidad e idoneidad para el cargo, observando en todo momento criterios objetivos y predeterminados”.

También fue visado un inciso de este mismo artículo que indica que “las personas que tengan la calidad de cónyuge, conviviente civil o parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, no podrán ser nombrados en cargos de la administración pública respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo del Estado al que postulan”.

Sin embargo, se rechazó el derecho a la sindicalización, negociación colectiva y huelga de los funcionarios públicos en circunstancias especiales.

Otro de los artículos destacados que se votaba esta jornada era el que crea un órgano especializado para la modernización de la Administración Pública, el que fue rechazado, al obtener 64 votos a favor, 42 en contra y 36 abstenciones.

Este indicaba, en su inciso primero, que “existirá un órgano especializado encargado de la elaboración de planes para promover la modernización de la Administración del Estado”, monitorear la implementación de estos y elaborar diagnóticos periódicos sobre el funcionamiento de los servicios públicos.

En otro tema, pasó a la propuesta de Constitución el artículo que indica que “el Estado reconoce la ruralidad como una expresión territorial donde las formas de vida y producción se desarrollan en torno a la relación directa de las personas y comunidades con la tierra, el agua y el mar”. Asimismo, destaca que “el Estado promoverá el desarrollo integral de los territorios rurales”.

Derecho a la alimentación

Durante la votación se rechazó además el Artículo 41, que establece el derecho a la alimentación.

Este indica que “las personas y los pueblos tienen el derecho fundamental a la alimentación. Las políticas agropecuarias, pesqueras y alimentarias del país deben ordenar su acción en pleno respeto de este derecho”, además de establecer que “el Estado garantizará los mecanismos para que los habitantes del país tengan acceso económico, físico y oportuno a una alimentación sana, saludable, diversa, nutricionalmente completa, sin contaminantes, suficiente y culturalmente adecuada”.

Asamblea regional

Cerca del final de la votación, fue aprobado el encabezado del Artículo 50 y su númeral 1, sobre las atribuciones de la Asamblea Regional.

Este indica que es atribución de este organismo “pronunciarse sobre la convocatoria a consultas o plebiscitos regionales”.

Sin embargo, se rechazaron como atribuciones de las asambleas -y volvieron a la comisión para su revisión- “administrar su patrimonio, bienes y rentas”, “aprobar, rechazar o modificar la inversión de los recursos de los fondos de compensación interterritorial que se creen y otros recursos públicos que disponga la ley” y “pronunciarse en conjunto con los órganos competentes respecto de los  procesos de evaluación ambiental”.

La discusión

Con anterioridad a la votación, la convencional Amaya Alvez (FA) explicó que este tercer informe de la Comisión de Formas de Estado incluye los “mecanismos concretos que hacen la equidad territorial real”. Esto según ella, porque las diferencias entre territorios son “abismales”.

En esta línea, la co-coordinadora de la comisión, Jennifer Mella (FA), sostuvo: “por cronología nos tocó esperar a esta etapa para proponer las responsabilidades y competencias que deberán asumir los gobiernos regionales y locales para que sean acompañados de recursos suficientes”.

Mella agregó que “es necesario un régimen fiscal constitucional para corregir la descentralización del gasto público. Chile, en comparación a otros países, tiene un gasto regional y local bajísimo, de tan solo un 13%”.

Por otro lado, el convencional Felipe Mena (Un Chile Unido) cuestionó que “si bien estamos conscientes de que es muy necesario avanzar en una mayor descentralización fiscal, razón por la cual hicimos el esfuerzo de alcanzar ciertos acuerdos en esta materia, creo que 25 artículos solo para tratar esto es un exceso”.

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