Ley de Migraciones: Galli asegura que requerimiento presentado por el Frente Amplio ante el TC es contrario a “ordenar la casa”

El subsecretario del Interior Juan Francisco Galli.
El subsecretario del Interior Juan Francisco Galli.

El subsecretario del Interior dijo que de aprobarse esta iniciativa “se inhibe a las policías de poder controlar las fronteras” e incluso de “poder establecer una visa consular en el extranjero en aquellos casos donde el interés nacional prime o donde hay un flujo irregular muy potente”.


Desde Tarapacá, el subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, cuestionó el requerimiento presentado por el Frente Amplio ante el Tribunal Constitucional en el marco de la Ley de Migraciones y aseguró que es “contrario” a una “migración ordenada, segura y regular”.

La presentación del FA busca impugnar 13 puntos de la iniciativa. Entre ellos destacan la vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes, pues no habría “una protección a la niñez cuando esta acompaña a una persona que es retornada o es expulsada y, además, desconoce la competencia que tienen los tribunales de familia para adoptar las medidas de protección que correspondan”.

Además, indicaron que “se crea el Servicio Nacional de Migraciones, sin embargo, mantiene la potestad al Subsecretario del Interior de expulsar a extranjeros sin una causa legal definida, sino meramente por razones de seguridad interior o exterior las que calificaría él mismo, por sí y ante sí”.

La semana pasada, el Tribunal Constitucional acogió a trámite y declaró admisible el requerimiento. Además, acordó abrir audiencias públicas para la participación de la sociedad civil en este debate.

En este sentido, Galli sostuvo que “hace ocho años atrás presentamos un proyecto de ley para ordenar la casa, una nueva ley migratoria para Chile que pretendía una migración ordenada, segura y regular”.

El subsecretario agregó que de acogerse el requerimiento presentado por el FA “se inhibe a las policías de poder controlar las fronteras” e incluso de “poder establecer una visa consular en el extranjero en aquellos casos donde el interés nacional prime o donde hay un flujo irregular muy potente”.

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