Por unanimidad: Cámara aprueba reforma constitucional que fija inhabilidad para ejercer cargos públicos por delitos contra la probidad
La norma, que retornó a comisión por ser objeto de modificaciones, reforma el artículo 8° de la Constitución, para determinar que las personas condenadas, por sentencia firme, respecto de delitos contra la probidad, estarán inhabilitados para postular o desempeñar un cargo o función pública, incluso cuando el cargo sea de elección popular.
Por 117 votos a favor y ninguno en contra la Cámara de Diputados aprobó esta tarde, en general, el proyecto de reforma constitucional que establece la inhabilidad de acceso y causal de cesación en cargos públicos para quienes hayan cometido delitos contra la probidad.
En concreto, la norma, de autoría del diputado socialista Marcos Ilabaca, establece una modificación al artículo 8° de la Constitución, para determinar que las personas condenadas, por sentencia firme, respecto de delitos contra la probidad, estarán inhabilitados para postular o desempeñar un cargo o función pública, incluso cuando el cargo sea de elección popular.
El texto, que volverá a comisión por ser objeto de indicaciones, aplica a condenados por delitos por malversación de caudales públicos, fraude al fisco y cohecho.
Agrega que quienes sean afectados por esta norma, salvo que la inhabilidad sea a perpetuidad, podrán solicitar al Senado su rehabilitación una vez transcurridos 15 años.
En el debate, los diputados valoraron de manera transversal el objeto de la iniciativa ante una serie de problemas en este sentido que afecta a la institucionalidad del país y que permita recuperar la confianza de la ciudadanía en la clase política. Sin embargo, advitieron que la norma tendrá poco valor si los fiscales no persiguen los hechos, o los jueces no aplican la ley.
En la discusión, la diputada de Demócratas Erika Olivera indicó que “en el último tiempo hemos conocido diversos casos en que ello se concreta, lamentablemente, sin que haya una sanción ejemplar para quienes vulneran el preciso de probidad precisamente por beneficiarse de determinadas acciones valiéndose, generalmente, de recursos públicos o de la autoridad que detentan”.
Asimismo, indicó que “vemos sin control cómo algunas autoridades sancionadas por delitos contra la probidad y la función pública siguen en sus cargos o, bien, nuevamente postulan, con la amenaza cierta de repetir tristes historias”.
En tanto, el diputado republicano Luis Sánchez sostuvo que “es importante que hagamos este punto hoy día, cuando tenemos a un exsubsecretario (Manuel Monsalve) que (...) en este momento está siendo juzgado por delitos sexuales, pero probablemente se va a ir sumando el uso de redes con la PDI, el uso y abuso de acceso a cámaras de seguridad, recursos públicos, eventualmente. Ese tipo de personas no debiesen acceder nunca más a un cargo de representación popular, a ningún tipo de cargo de confianza, de administración de recursos públicos”.
A su turno, el socialista Leonardo Soto destacó la importancia de la iniciativa, al señalar que con esto se establece inhabilidad por estos delitos “ya no en el Código Penal o en una ley especial, por ahí perdida, sino que en uno de los cimientos que inspira y permite interpretar todo nuestro sistema jurídico”.
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