Presidente Boric promulga Ley de Protección al Denunciante
La ley tiene por objetivo contar con un marco normativo que contribuya a inhibir y sancionar conductas contrarias a la probidad, protegiendo a los denunciantes.
Desde el Salón Montt-Varas en el Palacio de La Moneda, la mañana de este jueves el Presidente Gabriel Boric promulgó la Ley de Protección al Denunciante, normativa que establece un estatuto de protección a funcionarios que prestan servicios a instituciones del Estado y que denuncien actos contra la probidad administrativa.
“Estamos promulgando la Ley de Protección a quienes denuncian hechos de corrupción o faltas de probidad en la administración pública, que va a facilitar la detección de casos de corrupción, pues va a proteger a los funcionarios que sean testigos o víctimas de estos hechos y que, por diferentes motivos, no se atrevían a denunciar, ya sea por temor, amenaza a represalias o cualquiera de estas”, señaló el Mandatario.
Dentro de los elementos que tendrá la Ley, el Presidente destacó la habilitación de una plataforma digital manejada por la Contraloría General de la República y que permitirá ingresar denuncias de forma anónima, si así el denunciante lo requiere.
“Posibilitamos que las denuncias se realizasen o se investiguen por un nuevo canal digital de denuncias que va a ser manejado por la Contraloría, órgano independiente e imparcial, con la opción de mantener en reserva la identidad del denunciante y con medidas concretas de protección ante posibles represalias”, indicó el jefe de Estado.
En concreto, la Ley tiene por objetivo contar con un marco normativo “moderno” que contribuya a inhibir y sancionar conductas contrarias a la probidad.
De esa forma, se establece el derecho de todo servidor público a ser protegido al denunciar, además proporciona mecanismos de protección preventivos en favor del denunciante.
Respecto a las funciones de la Contraloría, el organismo no solo habilitará un canal para denuncias, sino que, además, estará a cargo de registrar y dar seguimiento a dichas acusaciones. Además, podrá ordenar directamente la persecución de responsabilidades administrativas, cuando funcionarios estén involucrados en asuntos relevantes para el interés público. Eso sí, solo podrá proponer a la autoridad competente las respectivas sanciones, pero no podrá imponer las mismas.
De acuerdo establece la Ley, el denunciante podrá “denunciar hechos constitutivos de infracciones disciplinarias o faltas administrativas, incluyendo hechos de corrupción o que afecten o puedan afectar bienes o recursos públicos”.
Asimismo, las denuncias podrán efectuarse en contra de “personas e instituciones privadas en que el Estado tiene participación o que perciban fondos fiscales”.
La promulgación de la Ley se da en medio del lío de platas, que mantiene a la Fiscalía investigando millonarios convenios entre reparticiones públicas y fundaciones, los que se visaron, en su mayoría, sin concurso.
Al respecto, el Mandatario aseguró que se está “trabajando con todas las instancias e instituciones que corresponden para fortalecer la capacidad del Estado en esta materia y elevar los estándares de transparencia, probidad e integridad pública”.
En esa línea, indicó: “Los invito a que nos preguntemos y recordemos cómo se abordaron estos temas en el pasado, con qué actitud, con qué excusa y cómo los estamos abordando ahora desde la más alta autoridad hacia abajo”.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.