¿Qué pasa si soy vocal de mesa y no puedo ejercer mi rol por haberme contagiado de Covid o ser contacto estrecho? Servel explica la situación
Por otro lado, también se detalló que los vocales de mesa tienen que ir los dos días, no uno solo, y que en caso de no cumplir “la sanción la fija el juez de policía local y va de entre 2 a 8 UTM”.
Esta jornada el presidente del consejo directivo de Servel, Andrés Tagle, explicó qué pasará con las personas que habiendo sido designadas como vocales de mesa, no puedan ejercer su función por haberse contagiados de Covid-19, ser contacto estrecho u otra enfermedad.
“Si un vocal ha incurrido posteriormente (después de haber sido designado) en alguna causal de excepción, por ejemplo, que le ha dado coronavirus o sea contacto estrecho y tenga la prohibición de salir de la casa, él puede excusarse posteriormente ante el juez de policía local”, explicó el directivo del Servel.
Para ello y no recibir las multas que establece la ley, “lo importante es que tenga la documentación que lo demuestre. También puede tener una enfermedad posterior o cualquier otro evento que le impida y que sea de los que están en la ley como causal de excusa”.
Por otro lado, Tagle también detalló que los vocales de mesa tienen que ir los dos días, no uno solo, y que en caso de no cumplir “la sanción la fija el juez de policía local y va de entre 2 a 8 UTM”.
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