Tribunal Supremo de la DC expulsa a ex embajador por anunciar que votaría por Piñera
A través de una carta publicada en un medio de comunicación, Demetrio Infante anunció el 20 de noviembre que votaría por Piñera en la segunda vuelta, resaltando "el rechazo visceral" que le producía la alternativa de respaldar a Guillier. La ex autoridad renunció a la colectividad días antes del fallo del tribunal.
De manera unánime, el Tribunal Supremo de la DC decidió expulsar del partido al ex embajador Demetrio Infante, luego de que éste anunciara su voto a favor de Sebastián Piñera en la segunda vuelta presidencial.
La causa contra la ex autoridad se inició cuando Infante, a través de una carta publicada en El Mercurio, afirmó que le producía "un rechazo visceral la alternativa de apoyar a Guillier, pues ello significaría abrir la puerta a una asociación política nefasta para el PDC, y en lo más cercano contraria a mis ideales y a lo que espero para el futuro de Chile. Por ello, en segunda vuelta votaré por Piñera".
En este contexto, y tras dos meses de reflexión, el Tribunal decidió sancionar al ex embajador de Chile en Perú, calificando su actitud de "desleal" y de querer "negar la relevancia de la participación política" en el partido.
"El hecho de firmar y declarar la militancia política en el partido demócrata cristiano y, luego, de 'notificar públicamente' que no esperará ni formará parte de la discusión partidaria ya que la decisión está fijada individualmente (votar por Piñera), constituye una evidente deslealtad a la colectividad y al resto de los camaradas, en tanto la institucionalidad partidaria es sólo instrumentalizada para acentuar fines políticos individuales o, que es lo más grave, para generar efectos en la opinión pública y en los demás simpatizantes o militantes", señala la resolución del Tribunal Supremo.
Asimismo, agrega que "la conducta de publicar una carta que en sus frases más relevantes (cuestión no atenuada en su contexto general en ninguna de sus dos versiones) niega la relevancia de la participación política en cualquiera de las instancias externas o internas, sólo puede ser interpretada ya sea como una renuncia al ánimo asociativo o como una forma de deslealtad que afecta los intereses partidarios".
"En conclusión, se observa que la conducta imputada al camarada Infante habría servido para crear las condiciones de apariencia de inestabilidad de las decisiones partidarias afectando, por lo mismo, los intereses políticos permanentes, el prestigio moral de la colectividad, y la convivencia democrática fraterna y disciplinada de los militantes", finaliza el texto.
Con todo, cabe destacar que Infante ya había renunciado a la DC el pasado 27 de diciembre en medio de la controversia. Sin embargo, el TS manifestó que "no obsta tomar una decisión jurisdiccional, el hecho de que el camarada Infante haya comunicado públicamente su renuncia al partido -cuestión que no le consta a este Tribunal-, ya que (...) en el caso de renuncia de un militante con causa disciplinaria pendiente en su contra, el Tribunal Supremo podrá pronunciarse sobre el fondo de la cuestión sometida a su conocimiento como si la renuncia no se hubiere efectuado, dejando pendiente el pronunciamiento sobre ella hasta la tramitación final de la causa".
Revisa el fallo del Tribunal Supremo:
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