El cronograma de la reforma de pensiones: así informan las AFP cómo incrementarán las cotizaciones y los beneficios
La nueva cotización de 8,5% para trabajadores dependientes, que será de cargo del empleador, será el primero de los pasos en la implementación de la reforma, pero lo hará en forma paulatina. Le seguirán las compensaciones a mujeres y el aumento de la PGU.
La mayor reforma al sistema de pensiones desde la creación del sistema de capitalización individual sorteó este miércoles finalmente todos sus trámites legislativos. Y desde este mismo jueves, algunas de las administradoras de fondos de pensiones comenzaron a informar a sus afiliados de los pasos que irá siguiendo la implementación de la reforma.
Una de las primeras fue Cuprum, que en una misiva firmada por su gerente general, Martín Mujica, detalló algunos de los efectos que la reforma que tendrá en los pensionados y afiliados el proyecto, y que, recordó, “aún debe ser promulgada por el Ejecutivo, y que introducirá cambios significativos al sistema de pensiones actual”.
Una de las primeras materias que detalla es el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), que actualmente alcanza los $224.004 mensuales, y “a contar del mes seis de la publicación de la ley se aumentará la PGU a $250.000 para los mayores de 82 años”. Según detalla, un año después, el aumento incorpora también a los mayores de 75 años, y un año después, se hará extensivo para los pensionados mayores de 65 años.
“La PGU se irá reajustando anualmente de acuerdo con la variación del IPC y se mantienen las mismas exigencias para ser beneficiario”, agregó.
Otro aspecto reseñado por Cuprum es la compensación a mujeres por mayor expectativa de vida, lo que significará que “a contar del mes seis desde la publicación de la ley, (las mujeres) recibirán una compensación mensual en su pensión con el objeto de cubrir la diferencia que exista por concepto de mayor expectativa de vida en relación con la de los hombres. Es decir, a mismo saldo, grupo familiar y edad, misma pensión entre hombre y mujer”.
Según detalla, dicha compensación partirá desde un mínimo de 0,25 UF mensual (equivalentes a $9.596 al 31 de enero de 2025). Sin embargo, el cálculo de esta compensación se hará considerando como pensión tope 18 UF.
Agrega que las mujeres que se jubilen a los 65 años recibirán el 100% de esta compensación, pero será decreciente para la pensionada que se jubila antes de los 65 años, llegando a 5% si lo hace a los 60 años. Además, remarca que el beneficio “se extinguirá al fallecer la mujer o si sale del país por 180 días”.
Al momento de detallar los beneficios para los actuales pensionados, ya sea por vejez o invalidez, explicó cómo funcionará el beneficio por año cotizado. “Al décimo mes desde la publicación de la ley, tendrán una garantía en su pensión de 0,1 UF por año cotizado con un tope de 2,5 UF (equivalentes a $95.961 al 31 de enero de 2025), siempre que cumplan con tener 20 años de cotizaciones en el caso de los hombres o 10 en el caso de las mujeres, ya sea continuas o discontinuas (calculados por jornada completa)”, indicó, agregando que el requisito mínimo de cotización para las mujeres va a aumentar a 15 años en forma gradual.
En tanto, para los futuros pensionados, la garantía de 0,1 UF por año cotizado, con tope de 2,5 UF, se extenderá a las personas de 65 años o más que se jubilen, en la medida que cumplan con los mismos requisitos antes mencionados.
“Esta garantía se entregará sólo si la suma de pensión obtenida a través de la cotización del empleador a la cuenta individual y al préstamo es inferior al monto de la garantía (0,1 UF por año cotizado), cubriendo la diferencia entre ambos montos.
Respecto a la nueva cotización para trabajadores dependientes, la misiva remarca que “a partir del primer día del quinto mes siguiente a la publicación de ley, su empleador comenzará a cotizar gradualmente hasta llegar a un 8,5% de su sueldo, pero sólo 4,5% irá a su cuenta individual en la AFP, y el restante 4% de cotización irá a un fondo administrado por el Estado, llamado Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP)”.
Dicha cotización del empleador incorpora el actual 1,5% que pagan los empleadores al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), y la cotización del 7% adicional establecida por la reforma.
“A contar del mes siete de la publicación de la ley, su empleador va a hacer una contribución de 0,1% adicional a su cuenta individual en la AFP. Dicha cotización va a ir aumentando gradualmente cada año para completar 4,5% del sueldo a partir del año 2033. Este aumento en la cotización se traducirá en una mejor pensión para los empleados”, indicó.
Respecto del aporte al FAPP, indicó que “a partir del primer día del décimo séptimo mes siguiente a la publicación de esta ley, su empleador va a hacer una contribución de 0,9% al FAPP principalmente para subir pensiones a los actuales pensionados, la que subirá a 1,5% a partir de un año después”.
Y ahí expresó los mayores reparos del Cuprum a la reforma, ya que, remarcó estos recursos no irán a la cuenta individual, sino que “será un préstamo al FAPP que será devuelto al momento de pensionarse con el interés correspondiente”, y que “probablemente tendrá una tasa de rentabilidad más baja que su cuenta individual, lo que afectará el monto de la pensión”.
“La reforma impone una carga mayor sobre los trabajadores jóvenes menores de 35 años. Se les exigirá contribuir durante tres décadas a un beneficio que jamás recibirán, ya que la garantía por año cotizado se habrá extinguido cuando alcancen la edad de jubilación. Esto evidencia una grave inequidad en el diseño del sistema, donde una generación subsidia a otra sin recibir compensación alguna”, agregó.
Por su parte, Renzo Vercelli, gerente general de AFP Capital, envió una carta a sus afiliados, especificando el aumento de la cotización, con cargo al empleador, de 8,5% del sueldo imponible del trabajador. De ello, recordaron, “4,5% irá directamente a las cuentas de capitalización individual” y “con el 4% se creará un Seguro Social Previsional, el cual será administrado por el Instituto de Previsión Social (IPS), con el fin de asegurar pensiones mínimas”.
Sobre el aumento de la PGU, que llegará a $250.000, reseñaron que “se implementará con gradualidad por grupos de tercera edad”.
Otro punto que tocaron fue la creación de los fondos generacionales y eliminación de los multifondos, sosteniendo que cada afiliado “quedará asignado a un fondo según su etapa de vida, el cual ajustará automáticamente su estrategia de inversión a medida que se acerca a la edad de jubilación”, pero que, en el caso de la cuentas de ahorro voluntario “el afiliado elige el fondo generacional libremente”.
Además, abordó la licitación de stock de afiliados, lo que significa que “cada 2 años la Superintendencia de Pensiones licitará el 10% del total de afiliados no pensionados al sistema, de manera aleatoria, los cuales serán adjudicados a la administradora que oferte una menor comisión, monto que tendrá que mantenerse por 5 años”.
Dicho punto fue duramente criticado por Cuprum, que pese a detallar que cada afiliado tendrá el derecho a rechazar el traspaso de AFP manifestando su decisión de permanecer en su actual AFP dentro de 30 días después de recibir el aviso de cambio de parte de la Superintendencia de Pensiones, consideró como una medida que “representa un riesgo significativo para su pensión futura”.
“La licitación forzada del 10% de afiliados no solo compromete y limita la capacidad de las administradoras de diseñar estrategias de inversión óptimas a largo plazo, sino que además expone a los afiliados a ser traspasados sin su consentimiento explícito si no actúan dentro de un breve plazo de 30 días. Esta reforma prioriza la reducción de comisiones por sobre la rentabilidad de los fondos, lo que podría resultar en menores pensiones para los trabajadores”, planteó Mujica en su carta.
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