Tribunal Constitucional paraliza juicio por colusión con Brink’s y Prosegur tras petición de exejecutivos de Loomis

Tribunal Constitucional paraliza juicio por colusión con Brink’s y Prosegur tras petición de exejecutivos de Loomis

Rui Sanches Da Silva, expresidente de Loomis para Latinoamérica, y Cristián Catalán Jerez, excountry president de Loomis, presentaron dos recursos de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional, paralizando el juicio de colusión contra las empresas de transporte de valores. La defensa busca evitar que Sanches Da Silva declare bajo juramento, argumentando que vulneraría su derecho a no autoincriminarse. Sanches y Catalán están entre los seis directivos acusados de colusión por la Fiscalía Nacional Económica, que exige multas millonarias a Prosegur y Brink’s.


El expresidente de Loomis para Latinoamérica, Rui Sanches Da Silva, y Cristián Catalán Jerez, excountry president de Loomis, interpusieron dos recursos de inaplicabilidad constitucional ante el Tribunal Constitucional (TC), paralizando el juicio por colusión que se sigue en contra de las empresas de transporte de valores, que además de la mencionada involucra a Prosegur y Brink´s. La defensa busca evitar que Sanches da Silva, ejecutivo portugués, declare bajo juramento, alegando que esto vulneraría su derecho a no autoincriminarse.

Este último y Catalán son dos de los seis directivos de las firmas de transporte de valores acusados de colusión en el requerimiento que presentó el 7 de octubre de 2023 la Fiscalía Nacional Económica (FNE) ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). Según la acusación, Loomis, Prosegur y Brink’s habrían celebrado y ejecutado un acuerdo para fijar los precios de sus servicios entre los años 2017 y 2018.

El TC acogió a tramitación los recursos y ordenó la suspensión del juicio que actualmente se desarrolla en el TDLC, en el cual la FNE exige cuantiosas multas. Las más altas fueron solicitadas para Brink’s Chile S.A. (Brink’s), por 39.325 UTA, equivalentes a unos US$ 30,5 millones, y para Juncadella Prosegur Group Andina S.A. (Prosegur), por 33.253 UTA, del orden de US$ 25,8 millones. Estos montos representan las multas individuales más elevadas que la FNE ha solicitado en casos de colusión.

El argumento central de la defensa de Sanches Da Silva es que las disposiciones del Código de Procedimiento Civil (CPC), que obligan a declarar bajo juramento y que establecen sanciones como ser considerado confeso en caso de no comparecer o dar respuestas evasivas, vulneran los derechos constitucionales de su cliente, en particular el derecho al debido proceso y a no autoincriminarse.

El requerimiento también señala que la sanción impuesta en el proceso administrativo podría generar un requisito de procesabilidad para una futura persecución penal por el delito de colusión. La defensa solicita que estas disposiciones del CPC no se apliquen en este caso específico, ya que su cliente enfrenta un procedimiento sancionatorio del Estado, lo cual implica una asimetría de poder y una afectación de derechos fundamentales, especialmente el derecho a guardar silencio y a no declarar bajo juramento.

El documento detalla además los antecedentes del caso, subrayando que la FNE solicitó que Rui Sanches Da Silva absolviera posiciones bajo juramento en relación con los hechos del caso, petición que fue aceptada por el TDLC, citando al acusado para el 21 de noviembre de 2024. La defensa también argumenta que existe una incompatibilidad entre el procedimiento seguido ante el TDLC y las disposiciones del CPC que se pretenden aplicar, sosteniendo que el proceso seguido es más parecido a uno penal que a uno civil, dada la naturaleza de las sanciones que se buscan imponer.

Suspensión limitada

A raíz del requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Sanches Da Silva ante el Tribunal Constitucional, el TDLC suspendió el procedimiento el pasado 23 de septiembre.

Sin embargo, tres días después, su defensa presentó un escrito de reposición, en el que que pidió que la suspensión sea limitada únicamente a la diligencia de absolución de posiciones de su representado, programada para el 21 de noviembre de 2024, en lugar de suspender todo el procedimiento, argumentando que el Tribunal Constitucional ya había ordenado una suspensión parcial en casos similares.

En tanto, la defensa de Martín Matos -liderada por Pedro Rencoret y Cristóbal Ureta-, director general Latam Sur de Prosegur Cash, solicitó al TDLC que considere improcedente el recurso de reposición presentado por Rui Sanches Da Silva, el cual busca limitar la suspensión del juicio solo a su absolución de posiciones y la de Cristián Catalán. Sostiene que dicha suspensión debe aplicarse a todos los involucrados en el caso, ya que los requerimientos de inaplicabilidad presentados por Sanches Da Silva y Catalán afectarían a todas las personas naturales acusadas en el juicio.

Por su parte, los abogados Andrea Lema y Sebastián Contreras, en representación de Cristián Catalán Jerez, pidieron al TDLC que se tengan en cuenta ciertas consideraciones respecto de las multas solicitadas por la FNE. Argumentan que la FNE no explicó adecuadamente cómo se calcularon las multas, en particular el monto base de 100 UTA aplicado a su representado, el cual consideran desproporcionado y sin un criterio de proporcionalidad claro, dado su menor rol en el supuesto ilícito.

Por otro lado, la defensa de Brink’s Chile, encabezada por los abogados Claudio Lizana y José Joaquín Ugarte, se ha visto enfrentada a la FNE. Esto, luego que la empresa de capitales estadounidenses solicitara al TDLC citar a declarar al fiscal nacional económico, Jorge Grunberg, y la agencia antimonopolios manifestara su oposición.

Brink’s funda su petición aduciendo que Grunberg, como jefe de la investigación que originó el caso, tiene conocimiento directo de los hechos relevantes. Argumentan que la ley permite la prueba confesional en este tipo de procedimientos y que negarla vulneraría el principio de igualdad de armas, ya que la FNE ha presentado sus pruebas. Además, refutan que exista alguna incompatibilidad legal que impida al fiscal declarar.

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