La Polar: Corte de Apelaciones de Santiago rechaza demanda de Moneda contra PWC

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La cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago no encontró pruebas para dar curso a la indemnización que pide Moneda por el bullado caso.




Moneda volvió a perder en su demanda contra PWC en el marco del caso La Polar.

El pasado 18 de enero, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de apelación interpuesto por la compañía, ratificando así lo resuelto por el 21º Juzgado Civil, que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios deducida por Moneda en contra de ex ejecutivos de La Polar y de PwC.

La Corte mantuvo la decisión fundada en la falta de prueba del daño patrimonial efectivo y, en el caso de la exauditora externa, que no puede reprochársele una infracción a sus labores, más aun si no se rindió un prueba pericial independiente.

En 2015, la administradora de fondos de inversión presentó el recurso exigiendo el pago de una indemnización por unos US$48 millones, por los efectos que le generó el fraude de las repactaciones unilaterales de la multitienda.

La demanda contra la ex auditora del retailer se acumuló con las presentadas en contra de los exejecutivos Pablo Sergio Alcalde Saavedra; Julián Moreno De Pablo; María Isabel Farah Silva; Nicolás Ramírez Cardoen; Pablo Jorge Fuenzalida May; Martín Andrés González Iakl; y Santiago Enrique Grage Díaz, por su responsabilidad civil extracontractual, por los hechos descritos en el escrito de demanda.

Ya el 11 de diciembre de 2017, el tribunal rechazó ambas demandas de indemnización de perjuicios; en general, la primera lo fue por falta de prueba de daño patrimonial efectivo y, la segunda, por falta de causalidad entre el hecho ilícito y los daños que se reclamaron en la especie. Sin embargo, Moneda apeló.

El fallo

En el fallo, la cuarta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago restó méritos a las sanciones administrativas interpuestas contra PWC por la SVS (hoy Comisión para el Mercado Financiero), y SBIF, (hoy parte de la mencionada comisión).

En el texto, se consigna que el reproche de Moneda contra PWC se funda en dos procesos administrativos sancionatorios seguidos ante la Superintendencia de Valores y Seguros y ante la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, pero “que a la fecha no han sido resueltas por sentencia ejecutoriada, y por tanto, tales actos administrativos no pueden estimarse como definitivos en esta sede jurisdiccional, por lo que no pueden ser considerados como una presunción judicial al no reunir, por el estado de dichos procesos, las características suficientes requeridas para formar convencimiento, ni concurrir, para ello, la existencia de hechos declarados verdaderos en otro juicio entre las mismas partes”.

Respecto de la resolución de la SBIF, si bien la Corte de Apelacionessostiene que “PWC obró negligentemente en la elaboración del Informe de Procedimientos Acordados referido a SCG S.A., del año 2010”, dicha sanción “se verificó respecto de la filial SCG en un informe referido al año 2010 y no de la Empresa La Polar, por lo que tal antecedente resulta insuficiente para demostrar el hecho ilícito pretendido, el que, además, no es posible concordar con aquellas probanzas rendidas por el demandante”.

Así, la Corte de Apelaciones dictaminó que “se confirma en lo demás apelado, la sentencia definitiva, de fecha once de diciembre de dos mil diecisiete, dictada en los autos rol N° 22.628-2014 del Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago, sin costas del recurso de apelación”.

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