Corte confirma competencia de tribunal laboral en servicios mínimos de Farmacias Ahumada
Esta es la segunda vez que el tribunal de Alzada falla distinto a la postura que ha tomado en los casos anteriores de declarar incompetentes a los tribunales laborales.
Contraviniendo por segunda vez la postura que ha seguido desde que entró en vigencia la Reforma Laboral, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la competencia del Primer juzgado del Trabajo para resolver la reclamación por servicios mínimos de Farmacias Ahumada, contrario a lo que han sido sus anteriores fallos que han declarado que estos tribunales son incompetentes para decidir sobre este tema.
En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada rechazó la declaración de incompetencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago para tramitar la reclamación interpuesta en contra de resolución dictada por la Dirección del Trabajo, realizada el pasado 10 de octubre.
[ze_adv position="adv_300x100" ]
La Corte estimó "que, ninguna interpretación presuntamente restrictiva de las normas de competencia que estatuye el Código del Trabajo puede llevarnos a concluir que los tribunales de justicia carecen de jurisdicción para conocer reclamaciones contra resoluciones dictadas por la autoridad administrativa en ejercicio de sus funciones".
Por esto, la Corte "en consecuencia que ese tribunal es competente para conocer y decidir la reclamación que ante él se interpuso contra la resolución dictada por don Christian Melis Valencia, abogado, Director del Trabajo, ordenando que debe proseguirse con la tramitación de esta causa, como en derecho corresponda".
[ze_adv position="adv_300x250-A" ]
De esta forma, el tribunal de Alzada da por segunda vez un giro en su postura luego que a principios de diciembre decretara la competencia de los tribunales laborales en la reclamación por los servicios mínimos de la Sociedad de Instrucción Primaria (SIP), ligada a la familia Matte.
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.