Corte Suprema cuestiona acceso preferente al SII a secreto bancario
En oficio enviado al Congreso por reforma a la Ley de Bancos.
La Corte Suprema calificó como "cuestionable" la idea contenida en el proyecto de ley que reforma la legislación bancaria que permitiría al Servicio de Impuestos Internos (SII) y a la Unidad de Análisis Financiero (UAF) tener un acceso preferente a la información sobre cuentas corrientes o a la reserva bancaria.
En un oficio enviado a la Cámara de Diputados, el Pleno se refiere al articulado que ya fue aprobado por este estamento y está en revisión en el Senado. Entre otras normas, los jueces se concentraron en la propuesta que pretende introducir una "modificación de particular relevancia consistente en la ratificación del interés legítimo del SII para conocer información sujeta a reserva bancaria".
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Recuerda que el proyecto propone consagrar lo resuelto en 2013 por la Corte Suprema respecto al interés legítimo que el SII, la UAF y el Ministerio Público tienen en el ejercicio de sus atribuciones para acceder a información sujeta a reserva bancaria. "El Ejecutivo al fundar esta propuesta, hace mención al pronunciamiento de esta Corte Suprema, en sentencia rol 8038-2011 sobre juicio ordinario de nulidad de derecho público de 25 de marzo de 2013, dictada en sede de casación que indicó que "es ineludible concluir que el SII tiene un interés legítimo porque fluye directamente de sus facultades, y que dicho interés no es necesario acreditarlo cuando la información pretendida no está asociada a contribuyentes específicos".
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Pero el Pleno recalcó que no es adecuado universalizar este argumento: "es importante aclarar lo verdaderamente expresado por esta Corte en esa oportunidad, pues no es exacto a aquello que parece extraer de sus motivaciones el legislador", precisó.
Comentó que ese fallo se refería a una resolución del SII que dispuso a las instituciones financieras el informar las remesas de dineros iguales o superiores a los US$ 10.000 o equivalente, donde el fallo "efectivamente reconoció el interés legítimo, pero no se llegó a expresar que dicho interés se presumía, sino que en ese caso no era necesario de acreditar".
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Y por ello advirtió que "teniendo presente que las medidas invasivas de la privacidad de los ciudadanos requieren de una especial atención, parece cuestionable la iniciativa en cuanto presume el interés legítimo del SII y de la UAF para interferir en la esfera de la reserva; ambas circunstancias necesariamente debieran ser materia de prueba y de la resolución de la judicatura competente, de otra manera se dejaría a la institucionalidad constituida por el SII y la UAF en una situación de privilegio absoluto y como contrapartida en una situación de indefensión al ciudadano".
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