Demandas contra la DT por calificación de servicios mínimos suben de 13 a 20 en un mes

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Se trata de 16 reclamaciones por la vía de demandas por juicio monitorio y procedimiento ordinario en los juzgados laborales y 4 recursos de protección en las cortes de Apelaciones. Conflictos representan el 5% del total de requerimientos que llegan al servicio fiscalizador.




A casi ocho meses desde que entró en régimen la Reforma Laboral, el fantasma de la judicialización poco a poco se ha ido transformando en una realidad, especialmente en la revisión de los procesos de calificación de Servicios Mínimos (SS.MM.) y equipos de emergencia por parte de la Dirección del Trabajo (DT).

Pese a que es una figura procesal que no está prevista en la ley, en un mes estos requerimientos subieron de 13 a 20 resoluciones administrativas del servicio que han sido reclamadas judicialmente, es decir, el 5% del total de requerimientos para calificación que llegan al servicio.

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Se trata de 16 reclamaciones por la vía de demandas por juicio monitorio y procedimiento ordinario en los juzgados laborales y 4 recursos de protección en las cortes de Apelaciones.

La mayoría de los recursos presentados para judicializar la definición de SS.MM. por parte de la DT corresponde a empresas. Sin embargo, el que lleva la delantera y se va abriendo camino en la justicia es el reclamo del sindicato del Banco Ripley.

La agrupación sindical llegó el 19 de octubre hasta la Corte Suprema (CS) interponiendo un recurso de queja que exige revertir la incompetencia de los juzgados de letras del trabajo para calificar la figura clave que creó la Reforma Laboral.

El máximo tribunal pidió a la Corte de Apelaciones de Santiago -organismo que en segunda instancia también rechazó el reclamo- que enviara un informe con los antecedentes del caso en un plazo de ocho días. La semana pasada la Corte envió sus argumentos principales que justifican la incompetencia en un proceso donde la Suprema podría marcar un precedente.

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También se encuentran en litigio contra la Dirección del Trabajo el Banco de Chile y el sindicato de la misma firma, donde ambas partes miran atentas lo que ocurre en la Suprema, luego que el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago se declaró incompetente para conocer la demanda de la institución controlada por Luksic y Citi, y lo mismo hizo el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago para ver lo que plantea el sindicato de la entidad.

En el marco del mismo proceso que se ve en la justicia ordinaria, la administración del Banco de Chile recurrió al Tribunal Constitucional (TC) con un requerimiento de inaplicabilidad para tratar por esa tercera vía de revertir la incompetencia.

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CMPC es otra de las empresas que se suma a este listado, pero el tribunal una vez más se declaró incompetente para conocer la materia. La forestal, no contesta con lo resuelto, recurrió a la Corte de Apelaciones.

Desde la DT afirman que poco a poco se ha ido construyendo una tendencia que confirma la incompetencia judicial para revisar sus resoluciones por calificación de servicios mínimos, aunque advierten que hay que esperar lo que resuelva la Suprema en el caso del Banco Ripley.

Acuerdos

El jefe del departamento jurídico de la Dirección del Trabajo, José Castro, informó la semana pasada en un seminario en la Universidad Alberto Hurtado (UAH) que el 38,6% de las negociaciones entre empresas y sindicatos para la fijación de servicios mínimos culminó con un acuerdo directo entre ambas partes, sin que fuese necesaria la intervención del fiscalizador.

Castro recordó que a octubre pasado la DT ha emitido 45 dictámenes sobre las principales aristas de la Reforma Laboral, 10 de los cuales se han centrado en los servicios mínimos y equipos de emergencia, lo que demuestra la importancia que ha adquirido en el nuevo escenario legal vigente desde el 1 de abril de este año.

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Señaló que sólo el 18,8% de las empresas que podrían haber requerido los SS.MM. al servicio efectivamente lo hicieron. Son 410 de un total de 2.177.

Destacó que hasta octubre 158 empresas y sindicatos habían llegado a un acuerdo directo sobre la utilización de los SS.MM., mientras que otros 23 casos se hallan en trámite. Ambas cifras significan el 38,6% del total de casos activados. En contraste, 252 procesos han sido trasladados a la DT para su pronunciamiento, a la vez que 74 están en trámite. Estas dos cifras representan el 61,4%.

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