A días de la junta de accionistas, Enel y SVS zanjan dudas por derecho a retiro

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Firma consultó a regulador si quedaría en suspenso derecho a retiro de minoritarios si es que fracasaba la OPA. SVS respondió que esas operaciones quedarían sin efecto




A días de que se lleve adelante la junta extraordinaria de accionistas de Enel Chile-fijada para el 20 de diciembre, donde se someterá a votación el llamado Plan Elqui, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) despejó las dudas del holding respecto al derecho a retiro.

Y es que a principios de noviembre, previo al llamado de junta de accionistas, el fiscal de Enel Chile, Domingo Valdés, consultó a la SVS respecto a si el derecho a retiro de accionistas de Enel Chile quedaría "en suspenso" hasta que no se declare como exitoso el proceso de reorganización. "El ejercicio del derecho a retiro por parte de los accionistas disidentes debiese seguir la misma fuente que el acuerdo que lo motiva, esto es quedar condicionado a que la fusión surta efectivamente sus efectos", se lee en el documento que remitió Enel el 7 de noviembre a la SVS, al que PULSO accedió a través de Transparencia.

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La inquietud fue respondida la semana pasada por el regulador. La SVS señaló que en el caso de que accionistas de Enel Chile ejerciesen su derecho a retiro, este quedará sin efecto si la OPA fracasa. "En cuanto a los efectos que se producirían de no cumplirse las condiciones suspensivas establecidas para la existencia del acuerdo de fusión (que origina el derecho a retiro), en opinión de este Servicio la obligación emanada de dicho acuerdo no habría nacido por cuanto su existencia está sujeta al cumplimiento de tales condiciones", se indica.

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La operación propone la fusión del brazo verde del controlador, Enel Green Power Latinoamérica, con Enel Chile, decisión que debe ser aprobada por la mayoría de los accionistas. Sin embargo, esta no se llevaría a cabo si menos del 75% de los accionistas de Enel Generación -e Endesa Chile, no concurren a la Oferta Pública de Acciones (OPA) que será lanzada por el holding, proceso que se iniciará después de la junta del 20 de diciembre.

Los argumentos de Enel La respuesta de la SVS siguió la misma línea argumental que el documento remitido por Enel el 7 de noviembre. Es que según su planteamiento: "el ejercicio del derecho a retiro por parte de los accionistas disidentes debiese seguir la misma fuente que el acuerdo que lo motiva, esto es quedar condicionado a que la fusión surta efectivamente sus efectos".

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De esta forma, el texto añadió que: "la compra de las acciones y pago de precio respectivo por parte de Enel Chile a los accionistas que hubieran ejercido su derecho a retiro durante los 30 días siguientes a la fecha de la junta extraordinaria de accionistas que adopte el acuerdo de fusión, debiese quedar en suspenso mientras no se cumplan las condiciones a que se encuentra sujeta la fusión y esta no haya surtido sus efectos". Según el documento es relevante que ambos procesos estén condicionados, y que en caso de que la operación no se lleve adelante completamente se retracte automáticamente el derecho a retiro; ya que si la fusión no se materializa "los accionistas disidentes que hubiesen vendido sus acciones a Enel Chile (...lo hubiesen realizado) sin que el acuerdo que motivó su disidencia (la fusión) hubiere surtido nunca sus efectos".

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Al tiempo que de no ser así "Enel deberá comprar y pagar las acciones de sus accionistas disidentes que ejerzan su derecho a retirarse de Enel Chile, debiendo desembolsar la totalidad del precio correspondiente al derecho a retiro".

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