Un gran avance para la regulación del mercado financiero

BERNARDITA PIEDRABUENA

Por Bernardita Piedrabuena. El proyecto sobre modernización de la legislación bancaria aprobado en la Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados llevará al país hacia los mejores estándares internacionales en materia de regulación bancaria. Así, las personas dispondrán de una banca más competitiva y resiliente.




En junio de este año el Ministerio de Hacienda envió al Congreso el proyecto de ley que moderniza la legislación bancaria. Dicho proyecto es parte crucial de una serie de reformas aprobadas por este Gobierno tendientes a impulsar el desarrollo y la estabilidad del sistema financiero.

Durante la semana pasada la Comisión de Hacienda de la Cámara aprobó en particular el texto original y las indicaciones ingresadas por el Ejecutivo. Es importante destacar que el texto aprobado fue el resultado de un intenso trabajo técnico realizado entre el Ejecutivo -Ministerio de Hacienda, Ministerio de Economía y SBIF- y la Comisión de Hacienda -diputados y asesores-. En todo momento se contó también con el apoyo del Banco Central de Chile (BCCh). Fue este proceso colaborativo de discusión el que permitió que la aprobación de la iniciativa contara con un amplio consenso.

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Los tres principales pilares del proyecto pueden resumirse en: a) La adecuación de los requerimientos de capital a los estándares internacionales de Basilea III; b) El perfeccionamiento del gobierno corporativo del regulador bancario, dejando a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) a cargo de la regulación bancaria; y c) La agrupación de las herramientas para la regularización de bancos que presenten problemas incipientes.

En relación con los requerimientos de capital, los bancos chilenos deberán contar como mínimo de un patrimonio efectivo de 10,5% sobre los activos ponderados por riesgo, mayor al 8% que se exige actualmente. Este requerimiento podrá aumentar hasta un máximo de 20,5% si se le suman los requerimientos de capital de banco sistémico, de colchón contra cíclico y de Pilar II.

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Adicionalmente, se establece una serie de contrapesos en la definición de los parámetros y metodologías clave para el cálculo de los requerimientos de capital. Así, en el caso de los ponderadores de riesgo, de la determinación de las condiciones que deberán reunir las acciones preferentes o bonos perpetuos y el requerimiento de capital por concepto de banco sistémico, la CMF deberá contar con informe previo favorable del BCCh para su definición. De forma similar, en el caso de aplicación del colchón contra cíclico, el BCCh deberá contar con informe previo favorable de la CMF. Por último, en el caso del Pilar II, se deberán conocer con anticipación los criterios generales que se considerarán para su determinación, y su aplicación deberá contar con el voto favorable de cuatro de los cinco comisionados de la CMF.

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Respecto del gobierno corporativo del regulador, la estructura colegiada de la CMF permitirá que las decisiones normativas cuenten con la objetividad y flexibilidad que se necesita en el ámbito de un sistema financiero que se desarrolla a gran velocidad. Asimismo, el nuevo proceso sancionador -con un fiscal a cargo de la investigación, con un procedimiento objetivo y un consejo que determina las sanciones- permitirá contar con sanciones robustas y objetivas.

En materia de facultades del regulador, el ordenamiento de las herramientas para tratar con bancos con problemas incipientes de insolvencia, permitirá un accionar en forma temprana con el objeto de evitar trastornos mayores en el sistema bancario. Asimismo, el aumento en la garantía estatal de los depósitos ayudará a mantener la estabilidad del sistema en momentos de crisis, al mismo tiempo que se protege a los depositantes.

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Adicionalmente, el proyecto entrega certeza jurídica para el neteo y pago de las operaciones de derivados en eventos previos a la liquidación. A su vez, aclara la diferencia entre información sujeta a secreto versus reserva, y se reconocen como legítimos interesados al SII y la UAF. Por último, define un período de transición de seis años y medio desde la aprobación de la ley para enterar los nuevos requerimientos de capital, dando un tiempo adecuado a la CMF para asumir las funciones de la actual SBIF y dictar la normativa necesaria para la aplicación de los nuevos estándares de capital.

Creemos que el proyecto de ley aprobado por la Comisión de Hacienda es un proyecto que nos llevará hacia los mejores estándares internacionales en materia de regulación bancaria. Producto de lo anterior, los ciudadanos de Chile recibirán los beneficios de una banca más competitiva y resiliente.

*La autora es economista y asesora del ministro de Economía.

Por Bernardita Piedrabuena

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