Comisión de Trabajo de la Cámara aprueba proyecto que reformula sistema de gratificaciones y pasa a la sala

Construccion
10 Marzo 2020 Trabajadores de la Construccion.empleo, trabajo. Foto : Andres Perez10 Marzo 2020 Trabajadores de la Construccion.empleo, trabajo. Foto : Andres Perez OBRAS - EDIFICIO - OBREROS - FAENAS - NEGOCIO INMOBLILIARIO

En lo central, la propuesta aprobada obliga a un reparto del 8% de utilidad a pequeñas empresas, de 10% para medianas y de 15% para grandes empresas. Lo aprobado es un cambio al proyecto original, el cual proponía que el reparto de utilidades de 30% parejo para todas las empresas.


La Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto que reformula el sistema de gratificación y que busca hacer parte a los trabajadores del reparto de utilidades.

En una rápida votación, los parlamentarios se inclinaron por apoyar las indicaciones que presentó el presidente de esa instancia legislativa, Tucapel Jiménez, quien además será el diputado informante del proyecto cuando la moción sea discutida en sala.

En lo central, la propuesta aprobada obliga a un reparto del 8% de utilidad a empresas que tengan una facturación igual o superior a 2.400 unidades de fomento e inferior a 25.000 unidades de fomento, de 10% para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 25.000 unidades de fomento e inferior a 100.000 unidades de fomento y de 15%, para aquellas que tengan una facturación anual igual o superior a 100.000 unidades de fomento.

Comision de Trabajo de la Camara de Diputados. 07/07/2020
FOTO: LEONARDO RUBILAR CHANDIA/AGENCIAUNO

Asimismo, la utilidad líquida a repartir se dividirá por partes iguales entre la totalidad de los trabajadores con derecho a ella, con un máximo por trabajador equivalente a la suma de veinte ingresos mínimos mensuales. No aplicará esta obligación respecto del personal que esté dotado de facultades generales de administración, tales como gerentes o subgerentes.

Se especifica que las empresas con menos de dos años de operaciones registradas en el Servicio de Impuestos Internos sólo estarán obligadas al pago señalado en el artículo 50 que fija un método alternativo de pago que consiste en el 25% del sueldo anual, con un tope por año de 4,75 ingresos mínimos mensuales.

También se puntualiza que, para los efectos del pago de gratificaciones, el Servicio de Impuestos Internos determinará, en la liquidación, el monto de la utilidad líquida que deberá servir de base para el pago de gratificaciones.

Lo aprobado es un cambio al proyecto original, el cual proponía que el reparto de utilidades de 30% parejo para todas las empresas.

Desde el gobierno señalaron que la propuesta aprobada se ubica por sobre lo que se aplica en otros países de la región que llega a un tope de 10%.

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