Delación compensada versus sanciones penales a la colusión

FNE

La delación compensada es una poderosa herramienta para la desestabilización de carteles. Ella, en simple, otorga exenciones o reducciones de multas y de sanciones penales a quienes hayan intervenido en un cartel y -tras ello- proporcionen a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) antecedentes que conduzcan a acreditar su existencia.

Cuando se analizaba la incorporación de sanciones penales para casos de colusiones, mucho se discutió sobre las repercusiones negativas que ello podría tener respecto de la delación compensada. Era clave evitar que el riesgo de verse expuestos a sanciones penales espantara a posibles postulantes al beneficio de la delación compensada.

Por dicho choque de intereses, algunos incluso abogaron por la no inclusión de las sanciones penales. El riesgo, en términos hipotéticos en ese entonces, provenía de la posibilidad de autodenunciarse y, sin embargo, ser sancionado penalmente por no cumplir con los requisitos que exigen los programas de delación compensada (requisitos como postular oportunamente en comparación con los demás miembros del cartel, no divulgación de la postulación y entregar antecedentes precisos sobre el cartel).

Los especialistas involucrados en la modificación legal que finalmente incluyó las sanciones penales, estuvieron contestes en que debía robustecerse la delación compensada para mitigar dichos riesgos.

Especial interés mostró la FNE, entidad que, además, tras la modificación legal en comento, confeccionó una guía de standard internacional y tomó potentes medidas tendientes a dar certezas y eliminar esos riesgos.

¿Qué ha pasado tras más de 2 años de incorporadas las sanciones penales? No han existido nuevas delaciones compensadas (o al menos ninguna ha salido a la luz pública). Sin embargo, es apresurado concluir que las sanciones penales han obstaculizado el ejercicio de las delaciones compensadas. Ello, atendido el poco tiempo aún transcurrido y, además, porque no es descartable que existan y estén siendo actualmente trabajadas en forma confidencial por la FNE.

Interesante, eso sí, resulta destacar que en el período que medió entre la creación de una comisión asesora presidencial que discutió la inclusión de sanciones penales (que evacuó su informe final en julio de 2012 sin un veredicto al respecto) y la publicación de la ley que incluyó las sanciones penales a nuestro sistema (30 de agosto de 2016), se efectuaron 4 importantes delaciones compensadas:

(i) Cartel de las Navieras, 14 de septiembre de 2012; (ii) Cartel del Asfaltos, 12 de noviembre de 2012; (iii) Cartel de los Laboratorios, 21 de enero de 2014; y (iv) Cartel del Tissue, 27 de marzo de 2015. Es decir, hubo 4 delaciones compensadas cuando se vislumbraba la posibilidad de incluir sanciones penales y antes de que ello aconteciese.

Es de esperar que actualmente estemos sólo en un período de "transición" y que la delación compensada no decaiga. Crucial será la actuación de la judicatura ante casos concretos a efectos de demostrar que nuestro sistema ha logrado compatibilizar la delación compensada con la existencia de sanciones penales.

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