FNE pidió formalmente a la Suprema prohibir alianzas de Latam con British Airways, Iberia y American Airlines
En el marco de los alegatos, los representantes de la Fiscalía dijeron que la decisión del TDLC se contradice consigo misma.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) finalmente pidió hoy de manera formal a la Corte Suprema que prohíba las alianzas comerciales que Latam planea celebrar con British Airways, Iberia y American Airlines, una acción que había anunciado en noviembre pasado.
A juicio del organismo, el visto bueno a esa operación "sería dar pie para que se forme un monopolio en las principales rutas aéreas que utilizan los chilenos para viajar a Europa y Norteamérica y reducir de manera importante la competencia en otros destinos relevantes para los pasajeros locales".
Cabe recordar que en noviembre pasado el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia resolvió aprobar, pero con medidas de mitigación, los acuerdos denominados Joint Business Agreements celebrados entre, LATAM y American para sus vuelos entre América del Sur y Estados Unidos y Canadá; y entre LATAM e Iberia y British Airways para los vuelos entre América del Sur y Europa.
Según la FNE, estos acuerdos fueron autorizados sujetos al cumplimiento de nueve medidas. Sin embargo, a juicio de la Fiscalía, "éstas no resultan efectivas ni adecuadas, son insuficientes para compensar los riesgos que generan las alianzas y son, además, muy difíciles de fiscalizar".
En el marco de los alegatos, el Jefe de la División Litigios de la FNE, Víctor Santelices, dijo que la decisión del TDLC se contradice consigo misma ya que, pese a señalar que "los riesgos que derivan de los acuerdos consultados superan a sus beneficios", concluye aprobando las alianzas con la condición de que se cumplan medidas de mitigación que tendrían "por finalidad central restaurar, en la mayor medida posible, las condiciones de competencia previas a la materialización de los JBA consultados", lo que la Fiscalía estima que no es posible.
En su reclamación, en consecuencia, la Fiscalía advierte a la Corte Suprema que debe prohibirse la operación porque, de concretarse, las partes dejarían de comportarse como agentes económicos independientes en las rutas donde los JBA surten sus efectos, "con consecuencias equivalentes a las de una operación de concentración, aunque sin las eficiencias y ahorros en costos que podría esperarse de una fusión".
Las condiciones
Las medidas de mitigación impuestas por el TDLC a las partes consisten en: (1) establecer una fórmula de reparto de ingresos en los JBA consultados; (2) mantener la capacidad ofrecida en las rutas directas Santiago-Miami y Santiago-Madrid; (3) aumentar la capacidad ofrecida en las Rutas Norteamérica y Europa; (4) no cobrar precios implícitos negativos en rutas indirectas que tengan como tramo troncal los vuelos Santiago-Miami y Santiago-Madrid; (5) ofrecer acuerdos de programa de pasajero frecuente a nuevos entrantes en las rutas directas Santiago-Miami y Santiago-Madrid; (6) ofrecer acuerdos de combinación de tarifas a nuevos entrantes en las rutas directas Santiago-Miami y Santiago-Madrid; (7) ofrecer acuerdos de prorrateo especial a nuevos entrantes en las rutas directas Santiago-Miami y Santiago-Madrid; (8) designar a un consultor para la fiscalización de estas condiciones; y (9) consultar a este Tribunal seis meses antes de que cualquiera de los acuerdos cumpla 5 años de vigencia. Las medidas (1) a (8) corresponden sólo al transporte aéreo de pasajeros.
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