FNE pide medidas para evitar prácticas anticompetitivas ante acuerdos de colaboración entre Copec, Enex y Esmax

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Ante esto, Enex recalcó que "la propiedad y operación conjunta de plantas de almacenamiento de combustibles es una práctica mundial que incrementa la eficiencia de éstas, beneficiando tanto a empresas como a consumidores".


La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) a dictar modificaciones sustantivas y estructurales a la operación conjunta de Copec, Enex y Esmax en plantas de almacenamiento de combustibles líquidos. Según detalló la entidad fiscalizadora, esto es para que la operación de los socios se de en condiciones de rivalidad que otorgue beneficio a los consumidores y sin efectos que excluyan a otros competidores del mercado.


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La petición se realizó este miércoles en una audiencia realizada hoy en el TDLC en el marco de la consulta que formuló la FNE en noviembre del 2022 respecto de los contratos que rigen la propiedad y uso compartido de estas instalaciones.

La FNE detallo afirmó que esta colaboración entre competidores, si bien puede ser necesaria para alcanzar eficiencias operativas y de inversión, podría generar riesgos de exclusión y de cierre de mercado.

El abogado y Coordinador de la División Antimonopolios de la FNE, Alejandro Domic, detalló varios de los riesgos que la fiscalía identificó: “los Comités de cada planta están integrados por ejecutivos de primera línea en las áreas de abastecimiento de cada empresa, sin ningún tipo de control independiente; que los acuerdos que los rigen establecen restricciones al comportamiento independiente de los socios que no son ni necesarios ni justificados; y que se observa un profuso intercambio de información privada y estratégica entre los socios, incluso contraviniendo sus propios instructivos y guías internas”, precisó.

Dichos efectos no serían compensados por las eficiencias que genera la operación conjunta de las tres firmas. De esta forma, la fiscalía apuntó a lograr medidas adecuadas, eficaces y oportunas para mitigar los riesgos anticompetitivos. En concretó, solicitó que las plantas tengan un administrador independiente y que los socios ejerzan propiedad pasiva, junto con una serie de resguardos conductuales accesorios.

Tribunal de la Libre Competencia

“Estas medidas se encuentran justificadas en la magnitud de los riesgos ya explicados, y son idóneas para mitigarlos. Los argumentos de las comuneras para indicar que generarían efectos negativos en el mercado o que son imposibles de aplicar, simplemente no tienen sustento fáctico y un buen diseño de las medidas elimina tales riesgos”, señaló Domic.

Copec y Enex

Tanto Copec como Enex compartieron, en respetivos comunicados, que respetan y cumplen a plenitud la normativa de libre competencia, “siendo esta un valor esencial para su desarrollo en todos los mercados donde participa”, precisó Copec.

La compañía controlada por el grupo Angelini precisó que “en el proceso se ha acreditado que en la dinámica habitual de la operación de las plantas no existe ni se maneja información comercial sensible respecto de precios, clientes, contratos u otros aspectos que afecten al mercado de combustibles, dando cuenta de las estrictas políticas de libre competencia implementadas por la compañía, que incluyen además la existencia de equipos separados bajo lógicas de murallas éticas que no tienen interacción en este ámbito con equipos comerciales de Copec. Por lo tanto, no se generan riesgos de libre competencia”.

La empresa agregpo que “las medidas solicitadas por la FNE asumen riesgos hipotéticos que no han ocurrido en los más de 70 años que tiene la operación de las plantas de almacenamiento, por lo cual no tienen asidero real y funcionan como verdaderas sanciones que implicarían un impacto negativo y de alto riesgo para la seguridad del suministro y la operación de todo el mercado, con todo lo que ello implica para la estabilidad del país y su economía”.

Por su parte, Enex, filial de Quiñenco (controlado por el grupo Luksic), señaló respecto a la audiencia, en el que recordó que la FNE, luego de 6 años de investigación activa, no atribuyó ninguna conducta anticompetitiva a esta o ninguna de las otras empresas en cuestión, y que no se han detectado transgresiones a la libre competencia por parte de las plantas de almacenamiento de combustibles líquidos.

“Enex reitera su apego irrestricto al cumplimiento de las normas de libre competencia. Hoy existen los protocolos para evitar los riesgos a los que alude la Fiscalía y siempre Enex ha estado abierto a perfeccionarlos de encontrarse necesario”, manifestó la empresa.

“La propiedad y operación conjunta de plantas de almacenamiento de combustibles es una práctica mundial que incrementa la eficiencia de éstas, beneficiando tanto a empresas como a consumidores. Este sistema funciona en Chile desde 1944 lo que ha permitido un suministro eficiente, seguro y necesario para el desarrollo de las distintas regiones del país”, agregó Enex.

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