Modernización de la justicia tributaria

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Uno de los temas que los detractores ideológicos del actual gobierno se han preocupado de instalar en la opinión pública es que el proyecto de modernización tributaria le quitaría atribuciones al SII, "cortándole las manos" en su función fiscalizadora. Y ello es correcto, pero no en el sentido que se le quiere atribuir.

Chile sólo puede hablar de justicia tributaria desde hace no más de seis años. Es decir, que los contribuyentes puedan ser juzgados con un trato igualitario y por un órgano jurisdiccional independiente de toda autoridad administrativa, comienza recién con la publicación en el Diario Oficial de la ley que creó los Tribunales Tributarios y Aduaneros en enero de 2009 (Ley 20.322), sin perjuicio de lo cual su implementación completa recién comenzó en 2012.

Antes de ello, el director regional primero dirigía a los funcionarios encargados de fiscalizar a los contribuyentes, para luego acusarlos de un determinado incumplimiento ante sí mismo, ya que agotada la fiscalización (secreta, desformalizada y sin plazos) el mismo director regional se transformaba en juez tributario de primera instancia.

Y si bien el SII creó la institución del Juez Tributario por delegación, ello no fue sino la causa que procesos que debieron durar sólo un par de años terminaran con tramitaciones de más de 10, ya que tuvieron que juzgarse nuevamente desde su inicio al decretarse la inconstitucionalidad de esta creación.

Sin embargo, aún falta bastante por avanzar en la materia; y el proyecto va, en este punto, en la dirección correcta ya que incorpora modificaciones relevantes.

Se establece que operarán las normas del silencio positivo para todas las solicitudes, presentaciones y recursos de cualquier tipo o naturaleza que traigan como consecuencia un acto administrativo que afecte de manera definitiva los derechos de los contribuyentes.

Por otro lado, el proyecto establece que en caso de vulneración de los derechos de los contribuyentes se podrá interponer un recurso de queja administrativa ante el director regional o nacional del SII, e igualmente ante la Defensoría de Derechos del Contribuyente.

Además, la iniciativa reconoce el derecho de los contribuyentes a que las fiscalizaciones observen fielmente los plazos de prescripción, consecuencia de lo cual el SII ya no podrá solicitar antecedentes anteriores a estos plazos como lo hace hasta hoy, y, lo que es aún más importante, establece una presunción a favor del contribuyente en cuanto a la veracidad de los antecedentes presentados, con lo cual ratifica que la carga de la prueba debe ser siempre del órgano fiscalizador.

Así, que el proyecto regule estos temas junto a otros tales como restringir la vocación legisladora del SII bajo la excusa interpretativa, reglar sus atribuciones en materias de acreditación de gastos, la imposibilidad de bloqueo sin causa justificada o el reconocimiento del principio de buena fe a favor del contribuyente en la fiscalización de la elusión o evasión, no puede ser base para señalar que el proyecto de ley le corta las manos al SII.

Además, estas materias no son nuevas.

En estos aspectos la normativa es un gran aporte a la modernización de la justicia tributaria y donde, por lo mismo, es dable esperar que nuestros parlamentarios le otorguen su aprobación.

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