Sernac oficia a las sanitarias para exigir el cumplimiento de descuentos ante cortes injustificados
La Ley, en su artículo 25 A, establece que las empresas deben descontar obligatoria, directa y automáticamente el tiempo que los consumidores estuvieron sin servicio.
El Sernac ofició a las 48 empresas sanitarias que proporcionan servicio de agua potable en el país, con el objetivo de verificar que las empresas apliquen los descuentos automáticos que establece la nueva Ley del Consumidor en caso de cortes injustificados.
El director del Sernac, Lucas Del Villar, recalcó que, a través de este oficio, se pretende que todas las compañías sanitarias del país tengan incorporado en sus sistemas de facturación con absoluta claridad del alcance de la nueva Ley y la fórmula de cálculo que se debe aplicar en la siguiente boleta en caso de interrupciones del suministro.
La autoridad indicó que esta exigencia de la nueva Ley ha tenido repercusión tras el masivo corte de agua que afectó a Osorno, pero es relevante que todas las compañías entiendan cuál es el estándar que deben cumplir cada vez que exista un corte de agua.
Hay que recordar que la Ley, en su artículo 25 A, establece que las empresas deben descontar obligatoria, directa y automáticamente el tiempo que los consumidores estuvieron sin servicio.
La fórmula establece que, por cada día sin suministro, las empresas deben descontar un monto equivalente a diez veces el valor promedio diario de lo facturado en el estado de cuenta anterior al de la respectiva suspensión del servicio. Dicho monto deberá descontarse del siguiente estado de cuenta.
A través del oficio, el Sernac solicitó a las empresas sanitarias información respecto de las fórmulas que utilizarán para poder determinar las compensaciones automáticas definidas por la Ley, además de precisar cómo calculan el valor promedio diario indicado en la norma, entre otros antecedentes.
Del Villar indicó que el Sernac estará monitoreando que la nueva Ley se aplique al pie de la letra, para lo cual está en permanente coordinación con la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) en lo relativo a las atribuciones que en materia de facturación competen a dicho organismo.
La autoridad enfatizó que en caso que las compañías sanitarias no cumplan con la Ley, el organismo tomará las acciones correspondientes.
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