TDLC aprueba acuerdo extrajudicial entre la FNE y empresas productoras de cables de cobre

TDLC aprueba acuerdo extrajudicial entre la FNE y empresas productoras de cables de cobre

En el acuerdo las compañías se comprometieron a adoptar acciones referidas a la forma de administración y manejo de la información en el contexto del funcionamiento de Colada Continua y otras medidas de cumplimiento normativo.


El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) dio su visto bueno este viernes un acuerdo extrajudicial firmado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y las empresas Cocesa, Nexans, Covisa y Colada Continua, que pone término a una investigación sobre un acuerdo de colaboración existente entre las tres primeras para la producción conjunta de alambrón de cobre a través de Colada Continua.

En la audiencia que se llevó a cabo en esta jornada, el abogado y Coordinador de la División Antimonopolios de la FNE, Alejandro Domic, indicó que Colada Continua fue creada en 1987 como sociedad anónima y actualmente su directorio está compuesto por representantes de sus propietarios (Cocesa, Nexans y Covisa) quienes, al menos desde 2017, han ejercido al mismo tiempo como altos ejecutivos dentro de sus respectivas compañías o en empresas relacionadas a éstas.

Y luego explicó que para el organismo, está situación, junto al intercambio de información sobre la proyección de demanda de alambrón de cobre entre los socios de Colada Continua, genera riesgos de coordinación que no se encuentran suficientemente mitigados a través de los mecanismos implementados por las firmas, según explicó el abogado en esta audiencia.

De esta manera, en el acuerdo extrajudicial, que fue aprobado en esta ocasión, las compañías mencionadas se comprometieron a adoptar acciones referidas a la forma de administración y manejo de la información en el contexto del funcionamiento de Colada Continua y otras medidas de cumplimiento normativo, las que para el regulador son idóneas y proporcionales.

Algunas de las medidas acordadas son modificaciones en la estructura societarias y en la administración de Colada Continua, según detalló la FNE. Asimismo considera la creación de una agencia de cumplimiento y un programa de cumplimiento. Además, tienen el deber de informar a la FNE cualquier acuerdo de colaboración adicional entre las empresas.

“En relación con los riesgos de coordinación detectados por las partes, este Tribunal considera que las medidas ofrecidas en el Acuerdo Extrajudicial mitigan dichos riesgos, pues son pertinentes y suficientes respecto a los hechos descritos por las partes que suscriben el acuerdo, cumpliéndose por tanto el estándar previsto en el artículo 39 letra ñ) del D.L. N° 211″, planteó el TDLC en su resolución.

Y agregó que “las partes afirman que el Acuerdo Extrajudicial cautela la libre competencia en los mercados relativos a la producción y comercialización de alambrón de cobre, y a la producción y comercialización de cables eléctricos de cobre”.

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