TDLC fija para el 19 de diciembre audiencia por consulta de Watt's sobre mercado lechero
Watt's solicita que se revierta la obligación de que la empresa y sus competidoras, Soprole y Nestlé, publiquen sus pautas de pagos a productores de leche, o que se extienda dicha orden a otros actores como Colún.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) fijó para el 19 de diciembre la audiencia para presentar antecendentes en el proceso iniciado tras la consulta formulada por Watt's relativa a las condiciones que deben ser cumplidas en los hechos, actos o contratos relacionados con la recepción y compra de leche cruda y, en especial, con la publicación de las pautas de precio de compra por parte de los actores procesadores de leche.
El TDLC estableció que Watt's deberá públicar un aviso en el Diario Oficial citando a dicha audiencia, a más tardar el 30 de noviembre 2018.
En junio Watt's ingresó una consulta al TDLC en la que solicitó que se revierta la obligación establecida en 2004 por dicho tribunal de que la empresa y sus competidoras, Soprole y Nestlé, publiquen sus pautas de pagos a productores de leche, o bien que se extienda dicha orden a otros actores del mercado como Colún.
Ello debido a que, a juicio de la empresa, el hecho de que algunos actores estén excluidos de dicha obligación afecta la transparencia del mercado y es contrario a la libre competencia.
Las pautas de pago que deben publicar las empresas incluyen los precios y condiciones de compra de leche cruda, tales como bonos por volumen, precios estacionales, forma de pago, bonificación o descuento por distancia de la planta entre otros factores.
Postura de la FNE
En su informe de recomendaciones dado a conocer en agosto la Fiscalía Nacional Económica (FNE) sostuvo que no se justifica extender la obligación de publicación de pautas respecto de cooperativas con estructura verticalmente integrada entre producción y procesamiento de leche, ni respecto de los procesadores de menor tamaño ya que dichos actores publiquen pautas puede determinar que se generen señales de precio equívocas -particularmente en el caso de Colún como cooperativa verticalmente integrada- e inútiles -en el caso de procesadoras de menor tamaño, que explícitamente se declaran como tomadoras de precios-.
Además de ello, indicó que aumentarían los riesgos de coordinación que son intrínsecos a la publicidad de precios. "En suma, no se justifica la extensión de la obligación de publicación de pautas a más actores que los actualmente obligados por la medida", señaló.
La FNE concluyó que "en definitiva, si bien el mecanismo de tas pautas de precios ha reducido el ámbito para eventuales discriminaciones explícitas entre productores en iguales condiciones, también conlleva efectos y riesgos retacionados a una mayor coordinación y reducción de independencia en las decisiones de los actores dominantes. Por lo tanto, sería deseable evaluar en esta oportunidad otros mecanismos que no incidan de forma desfavorable en la libre competencia".
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