Sernac: Cámara defiende reposición de facultad sancionatoria y complica a La Moneda
Diputado Fidel Espinoza (PS) dice que actuó con estricto apego a la Constitución al enviar texto al Ejecutivo que mantiene facultad de sanción que fue declarada inconstitucional. Comité político definirá si hay espacio para promulgar la ley antes del 11 de marzo.
Una férrea defensa realizó el presidente de la Cámara de Diputados Fidel Espinoza (PS) respecto del oficio que envió el lunes al Gobierno para iniciar el trámite de promulgación como nueva ley del proyecto que fortalecía al Sernac.
El texto enviado por la Cámara a la Presidencia de la República no consideró algunas normas de la capacidad sancionatoria del servicio que fueron declaradas inconstitucionales por el Tribunal Constitucional (TC) en los fundamentos de su fallo del 18 de enero pasado. El argumento de la corporación es que como dichas normas no fueron incluidas por el Tribunal en la parte resolutiva de la sentencia, pueden subsistir como ley a pesar de la impugnación que se declaró en los considerandos. Previamente la Cámara de Diputados presentó al TC un recurso de reconsideración para corregir los vicios formales del fallo, sin embargo, el pleno de la magistratura lo declaró "no ha lugar". También en el voto de minoría del fallo por el Sernac se advirtió al TC de este problema.
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Ayer el diputado Espinoza remarcó que el accionar de la corporación en este caso se hizo con apego a la carta fundamental. "Como presidente de la corporación tengo la obligación constitucional de hacer lo que hice, envié un oficio al Tribunal Constitucional para decirle que en el marco de los aspectos que ellos consideraron inconstitucionales de la ley que fortalecía el Sernac no había una concordancia entre los considerandos del TC respecto de la resolución final y, desde ese punto de vista, el único camino que este presidente tenía era enviarle un oficio para hacerle ver al TC que había una incongruencia por los efectos que esto pueda tener en el futuro. Yo cumplí en el marco de la Constitución en este sentido", dijo.
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El oficio que envió la Cámara al Ejecutivo es clave para la promulgación del texto legal definitivo del nuevo Sernac, ya que por mandato legal dicha corporación es la encargada de recoger las prevenciones del TC ante un control preventivo y redactar el articulado definitivo de la futura legislación.
Dicha visión fue confirmada por el Ministerio de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), que enfatizó que el Ejecutivo en el trámite de promulgación no puede alterar el texto contenido en el oficio de la Cámara.
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El asesor de la Confederación de la Producción y del Comercio, Christian Acuña, discrepó de lo resuelto por la Cámara. "El procedimiento sancionatorio completo fue declarado inconstitucional, si se sostuviera lo contrario y el Sernac pretendiera mañana ejercer alguna atribución de esas características, se arriesgaría a que rápidamente se declarara inconstitucional esa norma, eso generaría una incertidumbre regulatoria", advierte. En esa misma línea, fuentes ligadas a este proceso indican que lo que debería pasar es que el Tribunal Constitucional emita alguna enmienda o rectificación para que se respete "el fondo" de su dictamen.
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Lo que viene
El Gobierno ayer fue notificado del oficio que el lunes envió la corporación que preside Fidel Espinoza. La Segpres en teoría es el ministerio que debería jugar un rol relevante al dictar el decreto promulgatorio del nuevo Sernac, dentro de los próximos 10 días contados desde que se recibió el oficio. Luego de ello, el decreto debe pasar por el trámite de toma de razón en la Contraloría, a la que según el profesor de derecho administrativo de la U. de Chile, Luis Cordero, "sólo le corresponde verificar que el texto que se promulga es el que ha sido comunicado por el Congreso al Presidente de la República". Dicha visión no es compartida por el profesor de derecho de la UC, José Francisco García: "El trámite en Contraloría tiene tres elementos. El primero es el control de firmas del decreto; lo segundo es el control del texto, es decir que el texto que se va a promulgar es aquel que ha sido aprobado por el Congreso; y el tercer elemento, así lo ha dicho expresamente en un dictamen del año 2009, tiene que considerar las sentencias del Tribunal Constitucional que se haya pronunciado sobre ese proyecto de ley. Esos tres elementos están en la jurisprudencia".
Fuentes de la Segpres indicaron que en esa repartición aún no se ha discutido el tema, ya que en las últimas horas estuvieron trabajando a toda máquina en el proyecto de ley de Nueva Constitución. No obstante, otras fuentes de La Moneda revelan que la decisión de la promulgación del nuevo Sernac recaerá en el comité político que, además de la Segpres, integran los ministerios del Interior, Segegob y Hacienda junto a la Presidenta Michelle Bachelet. Dicha instancia evaluará esta semana si hay espacio para que la Presidencia promulgue de aquí al 11 de marzo el texto final del nuevo Sernac con sus vacíos regulatorios, o deja en manos de la próxima administración encabezada por Sebastián Piñera el trámite.
Trascendió que dentro de esa ecuación se analizará la conveniencia de que Bachelet en sus últimos días en La Moneda firme una ley que no recogerá el espíritu de lo acordado con el Congreso debido a las impugnaciones del TC. También se verá el alto riesgo de eventuales futuras impugnaciones que pueda sufrir la legislación por sus vacíos. En ese sentido, uno de los escenarios posibles es que un grupo de parlamentarios recurrieran al TC por la dictación de un decreto promulgatorio con normas que fueron declaradas inconstitucionales.
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