TC derriba norma de Presupuesto 2018 que mantenía sueldo en traspasos a contrata

En inédito control de constitucionalidad sobre el erario nacional la magistratura también derogó del texto la rendición semestral ante la Contraloría de gastos reservados del Gobierno y la entrega con cifras agregadas de los resultados de la prueba Simce.




En una especie de antesala al fallo que en los próximos días emitirá sobre la reforma legal del Gobierno que empoderaba al Sernac, el Tribunal Constitucional (TC) realizó un inédito pronunciamiento en el marco de un control de constitucionalidad respecto del proyecto de ley de Presupuestos 2018, que fue aprobado a fines de noviembre por el Congreso.

El fallo de la contienda que se hizo público ayer, contiene tres declaraciones de incontitucionalidad respecto de normas del erario nacional.

En primer orden, la magistratura de oficio se pronunció sobre la controversia generada durante el debate parlamentario, que implicó la aprobación de una incómoda indicación para el Ejecutivo -que fue presentada por los diputados PS Osvaldo Andrade y Manuel Monsalve-, y que establecía que los traspasos de funcionarios de honorarios a contrata en el Estado tienen que hacerse respetando el sueldo líquido y no el bruto. Ello implicaba que debía ser el Fisco el que asumiera el costo de las cotizaciones. Finalmente, el Tribunal decidió impugnar dicha norma.

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Durante el debate legislativo, el ministro de Hacienda Nicolás Eyzaguirre advirtió a los parlamentarios: "no tenemos los recursos para eso, no lo hemos provisionado y lo que va a terminar ocurriendo es que no se va a poder seguir pasando del honorario a la contrata y se va a sacrificar la estabilidad por un incremento que no tiene justificación". No obstante eso, el Gobierno no hizo reserva ni presentó un requerimiento por inconstitucionalidad.

En su fallo el TC dejó en claro que por vicios de formalidad dicha indicación es contraria a la carta fundamental. "Que, basta considerar que esta indicación parlamentaria no cumple con los requisitos dispuestos en el numeral 4° e incisos tercero y final del artículo 65 de la Constitución, para estimar que se ha producido un vicio formal de procedimiento generando la indicada inconstitucionalidad", dice la sentencia.

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El mismo texto precisa que "lo anterior no implica que por la vía de una ley especial o general pueda ser regulada la materia sino que, simplemente, ésta no es la vía para hacerlo".

Desde Chile Vamos, que fue el sector que hizo reserva de constitucionalidad respecto de la polémica indicación, el diputado Patricio Melero (UDI) celebró el dictamen del TC. "Acá pasó que el Ejecutivo miró para el lado, los parlamentarios llevaron adelante la iniciativa y nadie lo reparó. Finalmente el TC lo detectó y lo eliminó como corresponde porque es una norma de iniciativa exclusiva, más allá del contenido, la legitimidad o la justicia. El Parlamento tiene que acostumbrarse a legislar lo que corresponda y el Ejecutivo tiene que hacer respetar sus potestades", dijo.

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Respecto del vacío legal que se produce tras la impugnación, Melero emplazó al Gobierno a "pronunciarse sobre si tiene o no los recursos para financiar esa norma. Lo que no puede ser es que quede una norma sin financiamiento claro".

El diputado Felipe de Mussy (UDI), que fue otro de los que se opuso a la indicación de los legisladores del PS, alertó que el fallo del TC "en los hechos va a significar que desgraciadamente no se va a poder seguir pasando personal de honorarios a contrata porque no están los recursos para eso". La Ley de Presupuestos 2018 contempla el traspaso a contrata de 8.000 nuevos trabajadores.

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Los diputados Andrade y Monsalve no estuvieron disponibles para referirse al fallo. Consultado el Ministerio de Hacienda por el tema, dijeron que no emitirían comentarios. Las otras dos normas del erario nacional impugnadas por el TC apuntan a la rendición semestral ante la Contraloría de gastos reservados de las autoridades de gobierno y la entrega en forma agregada de los resultados de la prueba Simce. En ambos casos el TC declaró que dichos cambios deben realizarse a través de leyes permanentes y no temporales como la Ley de Presupuestos.

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