AFP vs. aseguradoras: Penta, Security y Ohio National rechazan arbitraje por no pago del seguro de invalidez en retiro del 10%

AFP

Las compañías contestaron en duros términos la arremetida de las AFP, calificando la petición como "descabellada", ya que significaría la designación de un único árbitro para dirimir un conflicto con la información de empresas competidoras. Se trata de un problema más para las firmas de seguros derivado de la política que ha permitido el retiro de los fondos previsionales en medio de la pandemia del Covid-19.


Penta Vida Compañía de Seguros de Vida; Chilena Consolidada Seguros de Vida; Seguros de Vida Security Previsión; Ohio National Seguros de Vida y 4 Life Seguros de Vida rechazaron la petición de arbitraje que plantearon un grupo de AFP (Habitat, Provida, Capital, Cuprum, Planvital y Modelo) por la negativa de las aseguradoras de cubrir las pensiones de invalidez en el primer retiro del 10% de los fondos de pensiones.

Se trata de un problema más para las compañías de seguros derivado por la política que ha permitido los retiros de los fondos previsionales. Sin embargo, el conflicto de mayor complejidad para las aseguradoras ocurrió hace sólo unos días. La reforma constitucional promulgada para el tercer retiro permite a los afiliados sacar los dineros de las rentas vitalicias y con ello deja expuesto al Estado de Chile a eventuales acciones legales por parte de las empresas de capitales foráneos que alegan un cambio en las reglas del juego. De hecho, en entrevista con Radio Duna, el abogado constitucionalista, Arturo Fermandois sostuvo que “este es un precedente que no ha tenido nunca Chile desde la nacionalización del cobre en el año 1971 que nos causó muchos problemas internacionales”.

“Lo que queda aquí -yo creo- es un análisis de derechos violados al tenor de tratados y esos tratado tienen jurisdicciones y ahí verán lo afectados cuál es su situación al respecto, pero técnicamente ese es el camino”, sostuvo el abogado que habló a titulo personal y estaba inscrito en el Tribunal Constitucional para defender a la Asociación de Aseguradores en el alegato que no ocurrió, luego que se declarara inadmisible el recurso presentado por el Presidente Sebastián Piñera.

El choque entre las AFP y las compañías de seguro se tramita en el 10º Juzgado Civil de Santiago. El conflicto comenzó cuando el 17 de noviembre de 2020, AFP Capital -propiedad del grupo Sura- presentó una demanda ante el 10º Juzgado Civil de Santiago solicitando la designación de un árbitro contra siete empresas de seguros que actualmente operan en Chile. Las demandadas fueron: Chilena Consolidada Seguros de Vida; 4 Life Seguros de Vida; Ohio National Seguros de Vida; Penta Vida Compañía de Seguros de Vida, Rigel Seguros de Vida; Seguros de Vida Security Previsión y CN Life Compañía de Seguros de Vida. Esta última alcanzaría, posteriormente, un acuerdo de pago.

Las AFP acusaron que, a raíz del primer retiro del 10% de los fondos previsionales, algunas compañías de seguros de vida se han negado a pagar las sumas de dinero necesarias para completar las pensiones de invalidez, incumpliendo así sus contratos.

Pero una semana después de que se acogiera a tramitación la demanda, el caso tuvo un vuelco. AFP Provida -propiedad de la estadounidense MetLife-; Habitat -ligada a ILC y Prudential-; Planvital -controlada por la italiana Assicurrazioni Generali SpA-, Cuprum -ligada a a Principal Financial Group- y Modelo -propiedad de la familia Navarro- solicitaron sumarse a la petición de arbitraje.

El pasado jueves 22 de abril se levó a cabo la audiencia virtual vía Zoom de designación de juez árbitro en el 10º Juzgado Civil de Santiago. No hubo acuerdo ante la oposición de las aseguradoras por el supuesto irregular procedimiento, y la magistrada Karina Portugal ordenó que las AFP contestaran tal imputación. Luego de esto, la jueza deberá resolver si procede o no el arbitraje solicitado por José Coz, Francisco Blavi y Álvaro Jofré, en representación de las seis AFP.

Frente a la arremetida, las aseguradoras respondieron en duros términos y se opusieron la petición de las AFP.

Chilena Consolidada -propiedad del Grupo Zurich- sostuvo que la petición de un árbitro conjunto es “descabellada”, porque “ninguna persona sensata convendría litigar en un juicio con todos sus competidores, quedando expuesto a exhibiciones de documentos o incluso a tener que defenderse de un modo que pueda revelar información sensible a dichos competidores”.

“En el arbitraje hay un aspecto de confidencialidad involucrado, por lo que no es baladí que se fuerce a competidores a defenderse en un mismo juicio, quedando sujetos a una disyuntiva a la cual no tendrían por qué verse enfrentados: o ejercer su derecho a defensa en toda su entidad o bien restringirlo por temor a que la competencia tenga acceso a información comercial sensible”, sostuvo Chilena Consolidada Seguros de Vida, cuya defensa es liderada por Gerardo Ovalle y José Fernando Salas, socios de YCIA.

En esa misma línea, Penta Vida Compañía de Seguros de Vida representada por Alfredo Alcaíno y Marcelo Giovanazzi, socios de Alcaíno Abogados sostuvo que cada uno de los contratos son distintos y no pueden unificarse, ya que “ni siquiera las cláusulas de compromisos son idénticas”. El caso se agrava aún más si se considera que las empresas que son demandadas son competidores “de manera que la información que pueda obtenerse en un eventual procedimiento único, reviste la calidad de sensible y esencial”.

Igualmente, Ohio National Seguros sostuvo que “jamás firmó un contrato que permitiera una demanda arbitral colectiva con el resto de las AFP y compañías de seguros”. Esta última compañía de capitales canadiense citó incluso la memoria que presentó el ex Presidente Patricio Aylwin para optar al título de abogado de la Universidad de Chile en 1943 titulada “El Juicio Arbitral”, la cual sostiene que “todo acto jurídico produce sus efectos únicamente entre las partes que lo celebran, pero no respecto de terceros”.

La aseguradora, cuya defensa es patrocinada por los abogados, Alberto Naudon y Emilio Pfeffer, socios de Pfeffer & Asociados, agregó que “las partes no se encuentran comprometidas por una misma cláusula arbitral, lo que basta para desechar la procedencia del fundamento de acumulación de autos a que alude la contraria en su presentación”.

De igual manera, el abogado de Andrés Ríoseco -socio de González & Ríoseco- en defensa de 4 Life Seguros de Vida, sucesora legal de Rigel Seguros de Vida, sostuvo su representada expresó su voluntad “sólo para someterse a un arbitraje en el que participara su contraparte del contrato, y no el resto de las aseguradoras que poco o nada tienen que ver con la referida relación contractual. Así, hacerla participar de un arbitraje con partes distintas a las que previamente acordó constituye una imposición que desnaturaliza la institución del arbitraje”.

La fuerte oposición de las compañías de seguros contrasta con las posición del gremio que las reúne. En efecto, el presidente de la Asociación de Aseguradores, Mario Gazitúa, al ser consultado por La Tercera sobre el conflicto al terminar su cuenta pública el 24 de marzo, sostuvo: “los arbitrajes están establecidos dentro de los contratos que se establecen con lose seguros de invalidez y sobrevivencia con las compañías de AFP.”

“Por lo cual vemos totalmente normal que frente a una diferencia de opinión referente a algunos puntos se vaya al camino del arbitraje. Obviamente que estas son decisiones particulares de cada AFP con cada compañía que participó en la licitación, como lo establecen los contratos. Como asociación consideramos totalmente positivo este arbitraje para clarificar un punto donde hay no acuerdo, pero también debo destacar la posibilidad de la industria aseguradora con la industria de AFP, donde en un camino netamente contractual se están clarificando las diferencias”, agregó.

Desde la Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones declinaron efectuar comentarios sobre este artículo.

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