CDE rechaza demanda de viudo de Viviana Haeger y acusa “exorbitante” indemnización por daño moral
El Consejo de Defensa del Estado rechazó la demanda de Jaime Anguita y sus hijas, calificando los montos involucrados como “excesivos”. Además, cuestionó al demandante por pretender el pago de las costas del juicio de manera "encubierta". Actualmente, el caso es tramitado en el 2º Juzgado Civil de Puerto Montt. Mientras, Patricio Serrano Siña, abogado de la familia Anguita Haeger, sostuvo que “el CDE se ampara en un tecnicismo legal, para afirmar que la acusación a Jaime Anguita no habría sido injustificadamente errónea o arbitraria".
El 1 de febrero de 2021, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) -representado por el abogado procurador fiscal de Puerto Montt, Lucio Díaz- contestó la demanda de indemnización de perjuicios que presentó el 15 de noviembre de 2019 Jaime Anguita (63), viudo de Viviana Haeger Massé, quien fuera asesinada en junio de 2010.
Se trata de uno los homicidios más emblemáticos desde la implementación de la Reforma Procesal Penal y que generó una amplia cobertura mediática. En una trama policial escabrosa, el cuerpo de la víctima fue encontrado en la buhardilla de su casa ubicada en la ciudad de Puerto Varas, Región de Los Lagos.
En su demanda, Anguita junto a sus hijas Vivian (23) y S.A.H. (17) acusó a la Policía de Investigaciones, Servicio Médico Legal y fiscales del Ministerio Público de fallas, errores y negligencia en la investigación. También acusó haber sufrido “torturas” durante el periodo en que permaneció detenido. Esto, en el lapso de un año y nueve meses en los que Jaime Anguita fue encarcelado como el principal sospechoso de la muerte de su mujer. La demanda exige una reparación total al Fisco de $1.998.125.980. Actualmente, el caso se tramita en el 2º Juzgado Civil de Puerto Montt, luego de que el 29º Juzgado Civil de Santiago se declarara incompetente.
Frente a las acusaciones, el CDE rechazó la demanda de Jaime Anguita y sus hijas, calificando los montos involucrados como “excesivos”. “Pretende ser indemnizado por daño moral en la exorbitante cantidad de $1.000.000.000. En lo que refiere a este rubro, de haberse producido dicho daño moral, la suma es claramente excesiva, sin perjuicio de no ser procedente jurídicamente”, respondió el Consejo de Defensa del Estado.
El viudo de Haeger denunció en su demanda que Gendarmería durante más de seis meses no apagaba la luz de su celda, en el marco de su programa de prevención de suicidio, y no pudo dormir. Era despertado reiteradamente en las noches y debía dormir vigilado por un gendarme, quien se ubicaba en su misma celda.
Por otro lado, Anguita exige el pago de $ 138.125.980 por concepto de daño emergente, correspondiente a los supuestos “gastos de defensa letrada”, la cual resultó efectiva al permitir que se declarara su inocencia. De hecho, adjuntó una planilla en la que figuran los gastos incurridos desde 19 de diciembre de 2015 al 22 de noviembre de 2017.
“En buenas cuentas, la demanda pretende el pago de unas costas personales y procesales encubiertas bajo la apariencia de una pretensión indemnizatoria, como quiera que las costas constituyen un instituto jurídico procesal indemnizatorio de los costos incurridos en los litigios judiciales”, acusó el CDE.
“Este rubro no es procedente, porque la demanda no puede soslayar que la sentencia pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral Penal decidió eximir del pago de costas al Ministerio Público, decisión que confirmó la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Entonces, la demanda no puede pretender el resarcimiento de los gastos de la defensa letrada, cuando el Ministerio Público está eximido de su pago, por sentencia ejecutoriada”, añadió el Consejo.
Monto a las hijas
Por su lado, la demandante Vivian Anguita Haeger busca el pago de $ 50.000.000 por concepto de daño emergente, debido a que debió viajar de regreso a Chile para hacerse cargo de su hermana menor, perdiendo unos supuestos gastos de alojamiento, estudio y otros gastos de viaje. “El Fisco- Ministerio Público no tiene la obligación de pagarle esa suma de dinero, porque ese rubro no es atribuible a su obrar en el marco del proceso penal que debió iniciarse cuando su madre murió. No existe relación de causalidad, razón por la cual se debe desestimar”, respondió el CDE.
La joven también exige el pago de $ 60.000.000 por lucro cesante, debido a que no habría podido concluir sus estudios y, consecuencialmente, desarrollar una actividad económica. “Esta pretensión tampoco es atribuible al obrar del Ministerio Público, no existiendo la relación de causalidad que exige la ley, razón por la cual debe ser rechazada”, acotó el mismo documento de contestación.
En la demanda, la menor de las hijas del matrimonio Haeger y Anguita pide ser indemnizada en $30.000.000 por daño emergente, supuestamente generado por gastos de terapias, acompañamientos por la pérdida de su padre, gastos de cuidadores y otros (no individualizados).
Sin embargo, para el CDE ocurre lo mismo que con la pretensión anterior: tampoco es atribuible al obrar del Ministerio Público en el marco del proceso penal, no existiendo la relación de causalidad que exige la ley, razón por la cual debe ser rechazada.
Ambas hermanas, también solicitan en su demanda ser indemnizadas en $300.000.000 para cada una de ellas, como resarcimiento del daño moral que habrían sufrido debido a la realidad que debieron enfrentar como consecuencia de la muerte de su madre y el caso penal en que derivó la investigación.
“Esa pretensión es claramente excesiva, sin perjuicio que los dolores, aflicciones y molestias derivadas de un hecho tan lamentable como es el homicidio de su madre en el marco de un delito de robo perpetrado en el domicilio familiar, no son atribuibles al obrar del Ministerio Público en la investigación de los hechos y la persecución penal, sino a circunstancia ajenas y distintas. El daño sufrido no es directo, faltando la necesaria relación de causalidad. Por esa razón, estas pretensiones deben ser rechazadas en todas sus partes”, respondió el CDE.
“Una maniobra para tratar a Jaime Anguita como culpable”
Consultado por La Tercera PM, Patricio Serrano Siña, abogado de la familia Anguita Haeger, sostuvo que “el CDE se ampara en un tecnicismo legal para afirmar que la acusación a Jaime Anguita no habría sido injustificadamente errónea o arbitraria. Sin embargo, no se hace cargo de las graves consecuencias que tuvo la falta de diligencia del Ministerio Público (y de las policías a su cargo), en alterar la vida de una familia que ya había sufrido la terrible y violenta muerte de Viviana Haeger. Eso es especialmente relevante, desde el punto de vista de los perjuicios que reclaman Vivian y su hermana”.
Serrano añadió que bajo el argumento de que la actuación del Ministerio Público no sería “injustificadamente errónea o arbitraria, se esconde una maniobra para seguir tratando a Jaime Anguita como culpable” y agregó que “se insinúa que la falta de convicción del tribunal respecto a la culpabilidad de Jaime Anguita, no implica que sea inocente. Esto es inaceptable en un estado democrático de derechos, donde se parte de la base de que una persona absuelta por un delito siempre fue inocente. Y esto es aún más grave, porque el que comete esta afrenta contra Jaime Anguita lo está haciendo en representación del Estado de Chile”, concluyó.
El pasado 2 de febrero, el magistrado Andrés Arteaga, del 2º Juzgado Civil de Puerto Montt, ordenó traslado para el trámite de réplica que debe realizar la defensa de la familia Anguita Haeger. Posteriormente vendrá el turno del CDE, para una dúplica, y luego la etapa de prueba del juicio que será zanjado con una sentencia de primera instancia. El fallo podría ser revisado por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Así, el caso podría incluso escalar a la Corte Suprema en un plazo no menos a tres años.
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