Orpis se la juega en la Suprema para no ir a la cárcel: alude a informe social que asegura que “no volverá a delinquir”

Jaime Orpis

A través de un recurso de nulidad, el exsenador UDI pidió al máximo tribunal que deje sin efecto el juicio en el que fue hallado culpable sólo por los delitos de cohecho agravado y fraude al Fisco reiterados y por el cual recibió una pena efectiva en el denominado caso Corpesca. Para lograr esto, acusa graves infracciones a la ley en el fallo del Tercer Tribunal Oral. De no ser acogida esta arremetida judicial, su defensa solicitó a la Corte de Apelaciones de Santiago que corrija la sentencia y proceda a otorgar los beneficios para cumplir sus condenas de cinco años y un día y de 600 días en libertad.


Hasta la Corte Suprema acudió el exsenador de la UDI Jaime Orpis Bouchón, para evitar ir a la cárcel tal y como lo sentenció el viernes 16 de abril el Tercer Tribunal Oral de Santiago, que lo condenó a dos penas efectivas, una de cinco años y un día y la otra de 600 días, por los delitos reiterados de fraude al Fisco y cohecho, respectivamente. Hoy la arremetida judicial fue declarada admisible y enviada al máximo tribunal.

A través de un recurso de nulidad, el abogado Sergio Rodríguez Oro, representante del exparlamentario, pidió que se elimine la sentencia y se proceda a la realización de un nuevo juicio oral con otros jueces, no inhabilitados, instalando como una de las principales causas el que el fallo en esa parte infringió los derechos y garantías asegurados por la Constitución de su representado, entre otras causales.

En subsidio a esta petición, y en el caso de que el máximo tribunal no dé lugar a lo solicitado por los abogados del exsenador, se presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones de Santiago en que pide que se corrija lo obrado por el Tercer Tribunal Oral y otorgue el beneficio de la remisión de la condena de los ilícitos por los cuales Orpis fue condenado. La apuesta de la defensa es que de no haber un nuevo juicio oral, sí haya una modificación a la forma en que debe cumplir la sentencia y que sea bajo el amparo de penas sustitutivas, como la libertad vigilada u otra.

Uno de los reclamos que se hacen en el recurso es que las juezas que dictaron el fallo no consideraron los antecedentes entregados por la defensa, que hacen “presumir que mi representado no volverá a delinquir”. En ese sentido, aluden a un informe social expuesto en la audiencia de determinación de condena y cuestionan que no se haya hecho cargo de este peritaje, “que daba cuenta de que el acusado era apto para acceder a una pena sustitutiva”.

Presiones mediáticas

En uno de los párrafos del documento firmado por la perito Miriam Soto se sostiene que “se colige que el peritado estará en condiciones de retomar su vida familiar, social y laboral. El evaluado no presenta anotaciones en extracto de filiación, no hay antecedentes de detenciones previas por crímenes u otros de relevancia, relacionados con un compromiso sociodelictivo. Asimismo, se observan circunstancias positivamente valorables, tales como su intención por colaborar con el proceso de investigación, problematización coherente y consecuente con su actuar, constando la acción concreta por reparar el mal causado mediante el reintegro de fondos. El evaluado reside de manera estable en la comuna de Lo Barnechea, en calidad de propietario, contando con óptimas condiciones de habitabilidad, aseo y conservación, hechos que fueron observados mediante la realización de visitas domiciliarias”.

Junto con esto da cuenta de una serie de enfermedades y su actual salud mental, " por lo que el peritado requiere mantener ambientes sanos, que propenden al bienestar y mejoras en su condición de salud”. Agrega que “en relación al presunto delito imputado, el peritado se encuentra afectado por las repercusiones a nivel individual, familiar y social que la situación judicial ha provocado, alegando inocencia en relación a dos de los tres hechos imputados. El peritado cuenta con amplios conocimientos en el ámbito social y jurídico relacionado a condiciones de vulnerabilidad social y temática de drogas, toda vez que en su trayectoria laboral y de servicio público ha desarrollado una vasta experiencia al respecto. Durante la entrevista a Jaime Orpis se pudo observar que existe un manejo profesional de la lectura de la realidad de los grupos más vulnerables, complementando la experiencia del trabajo realizado con el conocimiento jurídico y su motivación por brindar aportes profesionales a dicho contexto. Por lo anterior y ante la existencia de recursos profesionales, es posible concluir que una medida como la de libertad vigilada resulta eficaz para la reinserción social del peritado Jaime Orpis”.

En ese sentido, el abogado Rodríguez Oro plantea ante la Corte Suprema y de Apelaciones de Santiago que tras analizar los fundamentos del tribunal de por qué, en voto de mayoría, no conceden una pena sustitutiva, se desprende que Orpis sí cumple con cada uno de los requisitos impuestos por la ley y que no se le ha dado tal beneficio por consideraciones que nada tienen que ver con el texto legal y citando al penalista Julián López apunta a que podría existir “un atisbo de arbitrariedad debido a las posibles presiones mediáticas de un determinado caso”.

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