Abogado de Interior pide a tribunal que rechace querella contra Mañalich por muertes en pandemia: “Existe un evidente afán de uso político”
Eduardo Riquelme, asesor jurídico de dicho ministerio, presentó ayer un recurso de reposición en contra de la resolución que declaró admisible la querella en contra del Presidente Sebastiám Piñera, el exministro de Salud Jaime Mañalich y los subsecretarios Paula Daza y Arturo Zúñiga, por los fallecidos por Covid en Recoleta.
El Tercer Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible el 22 de junio una querella contra el Presidente Sebastián Piñera y del exministro de Salud Jaime Mañalich, por la eventual responsabilidad penal en las muertes que se han producido en Recoleta por Covid-19, así como la estrategia sanitaria realizada por el gobierno. La acción también se presentó en contra de los actuales subsecretarios de Salud, Paula Daza, y de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga.
La querella la presentó el abogado Ramón Sepúlveda en representación del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue. En ésta, les imputó imputó el cuasidelito de homicidio y denegación de auxilio y abandono de destino, por el fallecimiento de 62 personas por coronavirus en la comuna.
El caso ya está siendo investigado por el fiscal de Alta Complejidad Centro Norte, Marcelo Carrasco. Sin embargo, ayer el abogado Eduardo Riquelme, asesor jurídico penal del ministro del Interior, Gonzalo Blumel, y del subsecretario Juan Francisco Galli, presentó ante el tribunal un recurso de reposición en contra de la resolución que declaró admisible la querella.
Entre los fundamentos para que se declare inadmisible la acción legal, Riquelme dijo que “el querellante carece de un interés tal que justifique su intervención en el proceso penal. Como se resolvió en el RIT 2949-2016, debe existir ‘un interés específico de quién comparece, si este interés es diverso a los ya representados, si este interés prima sobre el general o los particulares regulados, y si existe una situación de desprotección de algún interés por su incomparecencia...’”.
En ese sentido, señaló que “en este caso, sin perjuicio de que el interés que pretende sostener el señor Jadue quien es alcalde de la comuna, pero aquí dice actuar a título personal, se basa en el hecho de ser vecino de Recoleta (lo cierto es que tras esta querella existe un evidente afán de uso político), ello no alcanza a justificar un interés siquiera indirecto, pues son las víctimas quienes pueden sostener ese interés directo, y por lo pronto, desde el punto de vista de la persecución penal, dicho interés se encuentra suficientemente representado por el Ministerio Publico”.
Además, Riquelme indicó en el recurso de reposición que “en este caso, se ha deducido la querella en contra de mi representada, y de otros, por los delitos de homicidio culposo y denegación de auxilio cometidos, se dice, en su condición de funcionarios públicos, en circunstancia que ninguno de ellos se corresponde con aquellos delitos que el Código Penal sindica como delitos cometido por un funcionario público que afecten derechos de las personas garantizados por la Constitución, pues esa clase de delitos están tipificados en el párrafo 4, del título III, del libro II del Código Penal que reza: ‘De la tortura, otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de otros agravios inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantidos por la Constitución'”.
El tribunal fijó para el 23 de julio una audiencia para que se debata el tema.
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